Page 10 - San Lorenzo
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Incumpliendo con lo establecido en los artículos 16 fracción II inciso b) y artículo 19 fracción IV de la (…) CON OBSERVACIÓN
Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 46 fracción III y 61
fracción II incisos b) y c) de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 18 párrafo primero de RESULTADO: AD-07
la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; y Lineamientos para
la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico CONGRUENCIA DE LAS MATRICES DE INDICADORES PARA RESULTADOS (MIR) RESPECTO AL REPORTE DE
(MML), emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC). CUMPLIMIENTO DE INDICADORES
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente En razón a que el Municipio no presentó la Cuenta Pública Municipal, correspondiente al ejercicio
acción: fiscal 2023, no acreditó haber aprobado los Programas Presupuestarios para el ejercicio fiscal 2023;
así mismo, no se verificaron los programas correspondientes a cada obra del ejercicio fiscal 2023, por
Solicitud de aclaración: lo que no acreditó haberlos elaborado e integrado de acuerdo con la normatividad correspondiente;
de conformidad con el cuadro siguiente:
2023-OA/CPM/059/2024-SA-06
PRESUPUESTO DE EGRESOS MIR CUENTA PÚBLICA (REPORTE DE PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS) OBRA/ACCIÓN
Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
información y/o documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que NOMBRE DEL NOMBRE METAS ANUALES NOMBRE META IGUALDAD DE
se detalla en este resultado. PROGRAMA DEL PROGRAM GÉNERO
ACTIVI- DEL UNIDAD ACTIVIDAD META VARIACIÓN NOMBRE
(…) DAD INDICAD DE PROGRA- INDICADOR ADA ALCANZADA MUJERES HOMBRES
MADAS
Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad OR MEDIDA
Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
transcrito, no ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de EDUCACIÓN - -- - - -- - - -- -
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; por lo que se tienen
por aceptadas las observaciones realizadas. VIVIENDA Y SERVICIOS - -- - - -- - - -- -
BÁSICOS
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 27 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental; 12 párrafo primero y 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de GOBIERNO MODERNO - -- - - -- - - -- -
Cuentas del Estado de Oaxaca, 71 párrafo primero fracción IX y 113 de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Oaxaca. SEGURIDAD - -- - - -- - - -- -
CIUDADANA - -- - - -- - - -- -
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como - -- - - -- - - -- -
no solventado el Resultado: AD-06. COMUNICACIONES Y
TRANSPORTES
El siguiente Resultado: AD-07 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
se transcribe a continuación: DESARROLLO URBANO
Y ORDENAMIENTO
TERRITORIAL
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 46 párrafo primero, fracción III; 54 párrafos primero
y segundo y 61 párrafo primero, fracción II, incisos a) y b) de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental; 12 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca;
95 párrafo primero fracción IX de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; y Lineamientos
para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco
Lógico (MML), emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC).
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
Solicitud de aclaración:
2023-OA/CPM/059/2024-SA-07
Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
información y/o documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que
se detalla en este resultado.
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