Page 3 - San Pedro Pochutla
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ENTIDAD FISCALIZABLE: H. Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Pochutla, Distrito de Pochutla, Oaxaca. INFORME FINAL DE AUDITORÍA
ORDEN DE AUDITORÍA: OA/CPM/080/2024
TIPO DE AUDITORÍA: Financiera.
CUENTA PÚBLICA: Ejercicio Fiscal 2023.
ANTECEDENTES Mediante escrito de fecha 22 de marzo de 2024, recibido el 25 de marzo de 2024 en la oficialía
de partes de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, dentro del plazo
Mediante Acuerdo de fecha 15 de febrero de 2024, la L.C.P. Sarahí Noriega Ricárdez, Titular de legalmente concedido en la Orden de Auditoría, signado por el C. Fidencio Spindola Ramírez,
la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, aprobó el “Programa Anual de en su carácter de Presidente Municipal, presentó información y documentación misma que
Auditorías 2024 de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, para la se describió y recepcionó mediante el Acta Circunstanciada levantada el mismo día 25 de
Fiscalización de las Cuentas Públicas Estatal y Municipales del Ejercicio Fiscal 2023”, en el marzo de 2024.
cual se contempló al Municipio de San Pedro Pochutla, Distrito de Pochutla, Oaxaca.
Derivado de la revisión y fiscalización realizada a la documentación presentada por la
Como resultado de lo anterior, se ordenó la Auditoría Financiera número OA/CPM/080/2024 Entidad Fiscalizable, con fundamento en los artículos 31, 32 y 33 de la Ley de Fiscalización
de fecha 20 de febrero de 2024, para la fiscalización de la Cuenta Pública del Municipio de Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, se emitió el Informe Preliminar de
San Pedro Pochutla, Distrito de Pochutla, Oaxaca, correspondiente al ejercicio fiscal 2023. Auditoría, mismo que fue entregado y notificado legalmente el día 16 de agosto de 2024 a
la Entidad Fiscalizable por conducto del C. Fidencio Spindola Ramírez, en su carácter de
La referida orden de auditoría fue notificada legalmente el día 27 de febrero de 2024, al C. Presidente Municipal, como consta en el acta de notificación correspondiente.
Fidencio Spindola Ramírez, en su carácter de Presidente Municipal, cuyo original se dejó en
su poder, como consta en el acta de notificación que para tal efecto se levantó. Mediante el Informe Preliminar de Auditoría, se le concedió a la Entidad Fiscalizable, un plazo
de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a que haya surtido efectos la
Mediante requerimiento de información contenido en la Orden de Auditoría, se le solicitó a notificación del Informe Preliminar, para que presentara ante esta Auditoría Superior de
la Entidad Fiscalizable, para que en un plazo no mayor de diez días hábiles contados a partir Fiscalización del Estado de Oaxaca la documentación, justificación e información para
del día siguiente a que haya surtido efectos la notificación de la Orden de Auditoría, atender las observaciones detalladas, las acciones emitidas y recomendaciones
entregara de manera personal, en las oficinas que ocupa esta Auditoría Superior de formuladas a la Entidad Fiscalizable en el Informe mencionado.
Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación e información comprobatoria y
justificativa correspondiente al periodo comprendido del 01 de enero de 2023 al 31 de Una vez vencido el plazo otorgado y estando dentro del plazo legalmente concedido,
diciembre de 2023, como consta y se describe en la Orden de Auditoría Financiera número mediante escrito de fecha 07 de septiembre de 2024, recibido el 09 de septiembre de 2024
OA/CPM/080/2024. en la oficialía de partes de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
signado por el C. Fidencio Spindola Ramírez, en su carácter de Presidente Municipal,
Mediante oficio número PMSPP/PMU/085/2024 de fecha 07 de marzo de 2024, la Entidad presentó información y documentación para atender las observaciones detalladas, las
Fiscalizable solicitó prórroga para presentar documentación correspondiente a la acciones emitidas y recomendaciones formuladas en el Informe Preliminar de Auditoría,
notificación, la cual fue autorizada mediante el oficio número ASFE/OT/0648/2024 de fecha misma que se describió y recepcionó mediante el Acta Circunstanciada levantada el 09 de
11 de marzo de 2024. septiembre de 2024.
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