Page 11 - San Pedro Sochiapam
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Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente       INFORME FINAL DE AUDITORÍA
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                          acción:
concluyendo como no solventado el Resultado: AD-04.
                                                                                                           Solicitud de Aclaración:
El siguiente Resultado: AD-05 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación:                                                                                 2023-OA/CPM/082/2024-SA-05

(…)               CON OBSERVACIÓN                                                                          Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
RESULTADO: AD-05                                                                                           documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en cada

                                                                                                           uno de los puntos de este resultado.
                                                                                                           (…)

DISEÑO DE LOS PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS CON BASE EN LA METODOLOGÍA DEL MARCO LÓGICO                        La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
(MML)                                                                                                      transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

Para comprobar que el diseño del Programa Presupuestario “Gobierno Moderno”, el cual forma parte           Respecto al DISEÑO DE LOS PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS CON BASE EN LA METODOLOGÍA DEL
de la muestra de auditoría, haya cumplido con la Metodología del Marco Lógico (MML), se revisó el          MARCO LÓGICO (MML); la Entidad Fiscalizable presentó Árbol de Problemas, Árbol de
presupuesto de egresos presentado por el municipio, para constatar que el programa se elaboró de           Objetivos y Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) del programa presupuestario
conformidad con los Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño                 "Gobierno Moderno” considerado en la Cuenta Pública, correspondientes al ejercicio fiscal
mediante la Metodología del Marco Lógico (MML), emitidos por el Consejo Nacional de Armonización           2023.
Contable (CONAC), observando lo siguiente:

a) Árbol de Problemas: El Municipio no presentó en el Presupuesto de Egresos Aprobado, el                  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
Árbol de Problema del Programa Presupuestario; por lo cual, no acreditó que haya efectuado un              suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
diagnóstico pertinente para identificar el origen, comportamiento y consecuencias del problema que         como solventado el Resultado: AD-05.
origina o motiva la necesidad de la intervención gubernamental, estableciendo las diversas causas y
los efectos que producen en la población del municipio y que a través del presupuesto de egresos
permitirá establecer las acciones para revertir los efectos negativos identificados.

b) Árbol de Objetivos: El Municipio no presentó en el Presupuesto de Egresos Aprobado, los                 El siguiente Resultado: AD-06 fue emitido en el Informe preliminar de auditoría, mismo que se
Árboles de Objetivos del Programa Presupuestario; por lo cual, no acreditó que haya realizado el análisis  transcribe a continuación:
y valoración de las opciones de acción más efectivas para determinar los medios y fines necesarios
para lograr los objetivos que solventaran los problemas identificados en la población objetivo,            (…)
permitiendo su consecución a través de la adecuada planeación del presupuesto de egresos.
                                                                                                           RESULTADO: AD-06
c) Matriz de Indicadores para Resultados (MIR). El municipio no presentó las Matrices de                                     CON OBSERVACIÓN
Indicadores para Resultados (MIR), en el Presupuesto de Egresos Aprobado del Programa
Presupuestario, por lo cual, no acreditó que haya diseñado el Programa Presupuestario de conformidad       CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS Y METAS DE LOS INDICADORES DE DESEMPEÑO
con la Metodología del Marco Lógico (MML), con una estructura adecuada en la determinación del fin,
propósito, componentes y actividades del programa.                                                         Se observó que el Programa Presupuestario, “Gobierno Moderno”, fue ejecutado sin haber estado
                                                                                                           autorizado en el Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2023.
Incumplimiento con lo establecido en los artículos 54 párrafos primero, segundo y 61 párrafo primero
fracción II inciso b) de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 18 párrafo primero de la Ley de     En razón a que la Entidad Fiscalizable no presentó la matriz de indicadores para resultados (MIR) del
Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; y Lineamientos para la Construcción   presupuesto de egresos aprobado para el ejercicio fiscal 2023; no acreditó la eficiencia y eficacia del
y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML), emitidos por          cumplimiento de los objetivos y metas de los indicadores de desempeño establecidos en el programa
el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC).                                                      presupuestario ejecutado, a través de los indicadores reportados en la Cuenta Púbica, en su apartado

                                                                                                                                                                                                                    9
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