Page 4 - Santa Ana Tlapacoyan
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  CRITERIOS DE SELECCIÓN                                                                                        PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA APLICADOS

                            En cumplimiento al mandato constitucional de realizar la función de revisión y fiscalización a                 1. Se verificó que, la Entidad Fiscalizable haya dado cumplimiento a la elaboración y
                            las Cuentas Públicas del ejercicio fiscal 2023, esta Auditoría Superior de Fiscalización del                         presentación del Plan Municipal de Desarrollo, Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos
                            Estado de Oaxaca, consideró los tipos de auditoría previstos en la Norma Profesional del                             incluyendo las modificaciones, así como su publicación, debidamente autorizados.
                            Sistema Nacional de Fiscalización número 1 y determinó aplicar al ente fiscalizable en
                            mención, el siguiente tipo de auditoría:                                                                       2. Se verificó que, la Entidad Fiscalizable haya dado cumplimiento a la elaboración de los
                                                                                                                                                 documentos administrativos normativos básicos, que se encuentren autorizados y
                            Auditoría de Cumplimiento*: Determina en qué medida la Entidad Fiscalizable ha observado                             publicados, de conformidad con la normatividad aplicable.
                            las leyes, los reglamentos, las políticas, los códigos establecidos y otras disposiciones
                            contractuales, y puede abarcar gran variedad de materias sujetas a fiscalización.                              3. Se verificó que, el acta entrega-recepción de la Administración Municipal se haya
                            *Fuente: Definición con base en las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización.         integrado con los documentos requeridos, y se haya informado a las instancias
                                                                                                                                                 correspondientes, de conformidad con la normatividad aplicable.
                            OBJETIVO
                                                                                                                                           4. Se verificó que, la Entidad Fiscalizable haya registrado los ingresos recaudados y
                            La fiscalización de la Cuenta Pública del H. Ayuntamiento del Municipio de Santa Ana                                 recibidos en cuentas bancarias productivas específicas aperturadas para cada fondo
                            Tlapacoyan, Distrito de Zimatlán, Oaxaca, correspondiente al ejercicio fiscal comprendido                            o programa.
                            del 01 de enero al 31 de diciembre de 2023, tiene como objeto dar cumplimiento a las
                            disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público y del sistema de                 5. Se corroboró que, la Entidad Fiscalizable haya registrado en su contabilidad los bienes
                            registro y contabilidad gubernamental, respecto de la contratación de servicios, obra                                muebles e inmuebles; y que haya cumplido con la elaboración y publicación del
                            pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, destino, afectación, enajenación                          inventario y el catálogo de bienes y haberlo hecho de conocimiento al Congreso del
                            y baja de bienes muebles e inmuebles; así como de recursos materiales, almacenes y demás                             Estado.
                            activos; conforme a lo establecido en el artículo 19 fracción I inciso c) de la Ley de
                            Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca.                                            6. Se verificó que, la Entidad Fiscalizable haya dado cumplimiento a la presentación de la
                                                                                                                                                 Cuenta Pública, de los Estados Financieros e Informes Trimestrales de Avance de Gestión
                            ALCANCE                                                                                                              Financiera, del ejercicio fiscal en revisión, y que la información que la integra se haya
                                                                                                                                                 ajustado a la normatividad aplicable.
                            La auditoría comprendió la verificación del cumplimiento de las disposiciones en materia de
                            sistemas de contabilidad y registro contable, obligaciones de registro patrimonial,                            7. Se verificó que, la información presentada y/o publicada en el Informe de Gobierno
                            elaboración y presentación de la ley de ingresos y presupuesto de egresos. Además, del                               corresponda a la información registrada en la contabilidad del Municipio.
                            cumplimiento de transparencia y rendición de cuentas establecidas en la Ley General de
                            Contabilidad Gubernamental; así como de las reglas de disciplina financiera, contratación                      8. Se verificó que, las partidas presupuestarias ejercidas y registradas, estén consideradas
                            de deuda pública, obligaciones de pago, sistema de alertas y registro público único,                                 en el Presupuesto de Egresos Aprobado.
                            establecidas en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios;
                            así como con todas y cada una de las disposiciones contenidas en los ordenamientos                             9. Se constató que, la contratación de obras públicas se haya realizado de acuerdo a la
                            legales, reglamentarios y administrativos correspondientes.                                                          normatividad aplicable.

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