Page 5 - Santa Catarina Juquila
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2. Se verificó que la Entidad Fiscalizable recibió y administró la totalidad de los recursos     10. Se verificó el cumplimiento normativo del procedimiento de adjudicación realizado                                                       INFORME FINAL DE AUDITORÍA
         asignados de las Participaciones y Aportaciones en una cuenta bancaria específica y              por la Entidad Fiscalizable para la contratación de obra pública.
         productiva en la que se manejaron exclusivamente los recursos del fondo y sus
         rendimientos financieros de cada ejercicio fiscal.                                      11. Se verificó que la asignación de obra por contrato se encuentre debidamente
                                                                                                          sustentada y formalizada, y que, para la asignación por Administración Directa, la
3. Se verificó que las asignaciones de los recursos otorgados y registrados contaran con                  Entidad Fiscalizable contó con la capacidad técnica, administrativa, operativa y
         la documentación original comprobatoria y justificativa, se hayan realizado con                  elementos necesarios para el desarrollo de los trabajos.
         apego a la normatividad y que se hayan amortizado en su totalidad al cierre del
         ejercicio.                                                                              12. Se verificó que la Entidad Fiscalizable previo a la ejecución de la obra, acreditó haber
                                                                                                          implementado los mecanismos de control, vigilancia y supervisión.
4. Se verificó que los bienes muebles e intangibles adquiridos se encontraran
         autorizados en el Presupuesto de Egresos y registrados en la contabilidad del           13. Se verificó que la obra pública contó con la documentación justificativa consistente
         municipio, que se encontraran en el inventario de bienes de la entidad fiscalizable,             en estimaciones de obra y su respectiva documentación soporte; y en caso de
         que contaran con los resguardos correspondientes y con la documentación original                 modificaciones, se encuentren debidamente justificadas y formalizadas mediante los
         comprobatoria y justificativa.                                                                   convenios modificatorios.

5. Se verificó que los ingresos fueron ministrados y obtenidos; que se encontraran               14. Se verificó que la Entidad Fiscalizable presentó la documentación comprobatoria que
         debidamente autorizados y registrados conforme a la normatividad aplicable.                      ampara el pago de las estimaciones de obra, en caso de obras contratadas, o el pago
                                                                                                          de materiales, mano de obra, alquiler de equipo y maquinaria de construcción
6. Se verificó que las erogaciones se ejercieron en los conceptos, programas y partidas                   utilizados en la obra, en caso de Administración Directa.
         autorizadas en el Presupuesto de Egresos debidamente autorizado.
                                                                                                 15. Se realizaron verificaciones e inspecciones físicas de obra, y se constató que las obras
7. Se constató que la Entidad Fiscalizable realizó los registros presupuestales y contables               cumplieron con los plazos de ejecución, que están concluidas, operan
         específicos, identificados y controlados, de las erogaciones; asimismo, que contaran             adecuadamente y que se ejecutaron conforme a la documentación comprobatoria y
         con la documentación comprobatoria y justificativa original que soportara los                    justificativa.
         registros en apego a la normatividad aplicable.
                                                                                                 16. Se verificó que la terminación y entrega de los trabajos se realizaron conforme a la
8. Se verificó que previo a la ejecución de la obra pública, los recursos económicos                      normatividad aplicable de acuerdo a la modalidad de ejecución de la obra.
         destinados para el desarrollo del proyecto y ejecución de la obra se encuentren
         debidamente aprobados y autorizados por las instancias normativas                       INFORME FINAL DE AUDITORÍA
         correspondientes.
                                                                                                 La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos
9. Se verificó que la Entidad Fiscalizable elaboró el Programa Anual de Obra, y que contó        115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, segundo
         con los estudios, proyectos, especificaciones de construcción y programas de            y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracciones XXII
         ejecución, y que se ajustó a las normas correspondientes, requisitos preliminares para  párrafo primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción II
         la realización de las obras públicas.                                                   párrafo antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política del Estado
                                                                                                 Libre y Soberano de Oaxaca; 2 fracciones XXIII y XXVI, 3, 4, 5 fracciones III, IV, VIII, IX, X, XI, XIII,
                                                                                                 XV, XVII y XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción I incisos a), b), c) y d), 25, 26,
                                                                                                 27, 34, 35, 36, 37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Ley de

                                                                                                                                                                                                                                          3
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