Page 4 - Santa María Cortijo
P. 4
C. David Julián Sánchez: Director de Auditoría Municipal “B”. materia de sistemas de contabilidad y registro contable, obligaciones de registro INFORME FINAL DE AUDITORÍA
C. Isbi Eliezer Matus Núñez: Jefe de Departamento de Auditoría Financiera y de patrimonial, elaboración y presentación de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos.
Cumplimiento. Además, del cumplimiento de transparencia y rendición de cuentas establecidas en la
C. Laura Elena Palomino González: Auditor. Ley General de Contabilidad Gubernamental; así como de las reglas de disciplina
financiera, contratación de deuda pública, obligaciones de pago, sistema de alertas y
CRITERIOS DE SELECCIÓN registro público único, establecidas en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades
Federativas y los Municipios; así como con todas y cada una de las disposiciones
En cumplimiento al mandato constitucional de realizar la función de revisión y contenidas en los ordenamientos legales, reglamentarios y administrativos
fiscalización a las Cuentas Públicas del ejercicio fiscal 2023, esta Auditoría Superior de correspondientes.
Fiscalización del Estado de Oaxaca, consideró los tipos de auditoría previstos en la Norma
Profesional del Sistema Nacional de Fiscalización número 1 y determinó aplicar al ente PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA
fiscalizable en mención, el siguiente tipo de auditoría:
1. Se comprobó que la Entidad Fiscalizable haya recibido recursos ministrados por las
Auditoría de Cumplimiento*: Determina en qué medida el ente fiscalizado ha observado instancias gubernamentales los cuales debieron ejercerse con estricto apego a la
las leyes, los reglamentos, las políticas, los códigos establecidos y otras disposiciones normatividad aplicable.
contractuales, y puede abarcar gran variedad de materias sujetas a fiscalización.
2. Verificar que la Entidad Fiscalizable haya dado cumplimiento a la elaboración y
*Fuente: Definición con base en las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de presentación del Plan Municipal de Desarrollo, Ley de Ingresos y Presupuesto de
Fiscalización. Egresos incluyendo las modificaciones, así como su publicación y difusión,
debidamente autorizados.
OBJETIVO
3. Verificar que la Entidad Fiscalizable haya dado cumplimiento a la elaboración de los
La fiscalización de la Cuenta Pública del H. Ayuntamiento del Municipio de Santa María documentos administrativos normativos básicos, que se encuentren autorizados y
Cortijo, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, correspondiente al ejercicio fiscal comprendido debidamente publicados, de conformidad con la normatividad aplicable.
del 01 de enero al 31 de diciembre de 2023, tiene como objeto dar cumplimiento a las
disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público y del sistema 4. Verificar que el acta entrega-recepción de la Administración Municipal se haya
de registro y contabilidad gubernamental, respecto de la contratación de servicios, obra integrado con todos los documentos requeridos y se haya informado a las
pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, destino, afectación, instancias correspondientes de conformidad con la normatividad aplicable.
enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles; así como de recursos materiales,
almacenes y demás activos; conforme a lo establecido en el artículo 19 fracción I inciso 5. Verificar que la Entidad Fiscalizable haya registrado los ingresos recaudados y
c) de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca. recibidos en cuentas bancarias productivas específicas aperturadas para cada
fondo o programa.
ALCANCE
6. Corroborar que la Entidad Fiscalizable haya registrado en su contabilidad los bienes
La auditoría comprendió la revisión de la documentación e información requerida y muebles e inmuebles atendiendo las características y normativa de registro
remitida, misma que se llevó a cabo en las oficinas de la Auditoría Superior de establecidos; así mismo, que haya cumplido con la elaboración y publicación del
Fiscalización del Estado de Oaxaca; se verificó el cumplimiento de las disposiciones en inventario y el catálogo de bienes y haberlo hecho de conocimiento al Congreso del
Estado.
2