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ENTIDAD FISCALIZABLE: H. Ayuntamiento del Municipio de Villa de Chilapa de Díaz, Distrito Teposcolula, Oaxaca. INFORME FINAL DE AUDITORÍA
ORDEN DE AUDITORÍA: OA/CPM/104/2024
TIPO DE AUDITORÍA: De Cumplimiento.
CUENTA PÚBLICA: Ejercicio Fiscal 2023.
ANTECEDENTES Estado de Oaxaca, dentro del plazo legalmente concedido en la Orden de Auditoría,
signado por el C. Alberto Jesús Cisneros Morales, en su carácter de Presidente Municipal,
Mediante Acuerdo de fecha 15 de febrero de 2024, la L.C.P. Sarahí Noriega Ricárdez, Titular presentó información y documentación misma que se describió y recepcionó mediante
de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, aprobó el “Programa Anual el Acta Circunstanciada levantada el mismo día 07 de marzo de 2024.
de Auditorías 2024 de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, para la
Fiscalización de las Cuentas Públicas Estatal y Municipales del Ejercicio Fiscal 2023”, en el Derivado de la revisión y fiscalización realizada a la documentación presentada por la
cual se contempló al municipio de Villa de Chilapa de Díaz, Distrito Teposcolula, Oaxaca. Entidad Fiscalizable, con fundamento en los artículos 31, 32 y 33 de la Ley de Fiscalización
Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, se emitió el Informe Preliminar de
Como resultado de lo anterior, se ordenó la Auditoría de Cumplimiento número Auditoría, mismo que fue entregado y notificado legalmente el día 08 de julio de 2024 a
OA/CPM/104/2024, de fecha 20 de febrero de 2024 para la fiscalización de la Cuenta Pública la Entidad Fiscalizable por conducto del C. Alberto Jesús Cisneros Morales, en su carácter
del municipio de Villa de Chilapa de Díaz, Distrito de Teposcolula, Oaxaca, de Presidente Municipal, como consta en el acta de notificación correspondiente.
correspondiente al ejercicio fiscal 2023.
Mediante el Informe Preliminar de Auditoría, se le concedió a la Entidad Fiscalizable, un
La referida orden de auditoría fue notificada legalmente el día 21 de febrero de 2024 al C. plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a que haya surtido efectos
Alberto Jesús Cisneros Morales, en su carácter de Presidente Municipal, cuyo original se la notificación del Informe Preliminar, para que presentara ante esta Auditoría Superior de
dejó en su poder, como consta en el acta de notificación que para tal efecto se levantó. Fiscalización del Estado de Oaxaca la documentación, justificación e información para
atender las observaciones detalladas, las acciones emitidas y recomendaciones
Mediante requerimiento de información contenido en la Orden de Auditoría, se le solicitó a formuladas a la Entidad Fiscalizable en el Informe mencionado.
la Entidad Fiscalizable, para que en un plazo de diez días hábiles contados a partir del día
siguiente a que haya surtido efectos la notificación de la Orden de Auditoría, entregara de Una vez vencido el plazo otorgado y estando dentro del plazo legalmente concedido,
manera personal, en las oficinas que ocupa esta Auditoría Superior de Fiscalización del mediante oficio número MVCD/088/07/2024, fechado y recibido el 30 de julio de 2024 en
Estado de Oaxaca, la documentación e información comprobatoria y justificativa la oficialía de partes de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
correspondiente al periodo comprendido del 01 de enero de 2023 al 31 de diciembre de signado por el C. Alberto Jesús Cisneros Morales, en su carácter de Presidente Municipal,
2023, como consta y se describe en la Auditoría de Cumplimiento número presentó información y documentación para atender las observaciones detalladas, las
OA/CPM/104/2024. acciones emitidas y recomendaciones formuladas en el Informe Preliminar de Auditoría,
misma que se describió y recepcionó mediante el Acta Circunstanciada levantada en la
Por medio del oficio número MVCD/038/03/2024, de fecha 07 de marzo de 2024, recibido misma fecha.
en esa misma fecha en la oficialía de partes de esta Auditoría Superior de Fiscalización del
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