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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  NOMBRES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA                             así como de recursos materiales, almacenes y demás activos; conforme a lo establecido
                                                                                                                            en el artículo 19 fracción I inciso c) de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
                            Mediante oficio número ASFE/OT/0542/2024 de fecha 01 de marzo de 2024, la Titular de la         Cuentas del Estado de Oaxaca.
                            Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, comisionó, para realizar la
                            Auditoría de Cumplimiento número OA/CPM/104/2024, a los siguientes servidores públicos:         ALCANCE

                            C. David Julián Sánchez, Director de Auditoría Municipal “B”.                                   La auditoría comprendió la revisión de la documentación e información requerida y
                            C. Isbi Eliezer Matus Núñez, Jefe de Departamento de Auditoría Financiera y de                  remitida, misma que se llevó a cabo en las oficinas de la Auditoría Superior de Fiscalización
                                                                                                                            del Estado de Oaxaca; se verificó el cumplimiento de las disposiciones en materia de
                                Cumplimiento.                                                                               sistemas de contabilidad y registro contable, obligaciones de registro patrimonial,
                            C. Erik Daniel Contreras Hernández, Auditor.                                                    elaboración y presentación de la ley de ingresos y presupuesto de egresos. Además, del
                                                                                                                            cumplimiento de transparencia y rendición de cuentas establecidas en la Ley General de
                            CRITERIOS DE SELECCIÓN                                                                          Contabilidad Gubernamental; así como de las reglas de disciplina financiera, contratación
                                                                                                                            de deuda pública, obligaciones de pago, sistema de alertas y registro público único,
                            En cumplimiento al mandato constitucional de realizar la función de revisión y fiscalización    establecidas en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los
                            a las Cuentas Públicas del ejercicio fiscal 2023, esta Auditoría Superior de Fiscalización del  Municipios; así como con todas y cada una de las disposiciones contenidas en los
                            Estado de Oaxaca, consideró los tipos de auditoría previstos en la Norma Profesional del        ordenamientos legales, reglamentarios y administrativos correspondientes.
                            Sistema Nacional de Fiscalización número 1 y determinó aplicar al ente fiscalizable en
                            mención, el siguiente tipo de auditoría:                                                        PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA APLICADOS

                            Auditoría de Cumplimiento*: Determina en qué medida el ente fiscalizado ha observado             1. Se verificó que la Entidad Fiscalizable haya dado cumplimiento a la elaboración y
                            las leyes, los reglamentos, las políticas, los códigos establecidos y otras disposiciones              presentación del Plan Municipal de Desarrollo, Ley de Ingresos y Presupuesto de
                            contractuales, y puede abarcar gran variedad de materias sujetas a fiscalización.                      Egresos incluyendo las modificaciones, así como su publicación y difusión,
                                                                                                                                   debidamente autorizados.
                            *Fuente: Definición con base en las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de
                            Fiscalización.                                                                                   2. Se verificó que la Entidad Fiscalizable haya dado cumplimiento a la elaboración de los
                                                                                                                                   documentos administrativos normativos básicos, que se encuentren autorizados y
                            OBJETIVO                                                                                               debidamente publicados, de conformidad con la normatividad aplicable.

                            La fiscalización de la Cuenta Pública del H. Ayuntamiento del Municipio de Villa de Chilapa      3. Se verificó que el acta entrega-recepción de la Administración Municipal se haya
                            de Díaz, Distrito de Teposcolula, Oaxaca, correspondiente al ejercicio fiscal 2023, tiene              integrado con todos los documentos requeridos y se haya informado a las instancias
                            como objeto dar cumplimiento a las disposiciones jurídicas aplicables en materia del                   correspondientes de conformidad con la normatividad aplicable.
                            ejercicio del gasto público y del sistema de registro y contabilidad gubernamental,
                            respecto de la contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos,
                            conservación, uso, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles;

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