Page 28 - Santa Maria del Tule
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA      (…)                CON OBSERVACIÓN                                                                        Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación
                                                                                                                                          alguna, respecto a este resultado.”
                                “RESULTADO: AF-47
                                                                                                                                          (…)

                                De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el H. Ayuntamiento      Debido a lo anterior, este resultado AF-48 permanece sin observaciones.
                                del Municipio de Santa María del Tule, Distrito de Centro, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra,
                                respecto al procedimiento de contratación, no presento contrato de obra, Presupuesto de Obra del          El siguiente resultado AF-49 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                                Contratista, Tarjetas de Análisis de Precios Unitarios, Programa General de Ejecución de los Trabajos,    transcribe a continuación:
                                Garantía de Cumplimiento y Garantía de Anticipo, observaciones presentes en las cuatro obras como
                                se desglosa en el anexo DAM-VIF-04.

                                Incumpliendo con lo establecido en Artículos 37 fracción II de la Ley de Obras Públicas y Servicios       (…)
                                Relacionados del Estado de Oaxaca.
                                                                                                                                          “RESULTADO: AF-49
                                Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:                                    CON OBSERVACIÓN

                                Solicitud de Aclaración.                                                                                  De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el H. Ayuntamiento
                                                                                                                                          del Municipio de Santa María del Tule, Distrito de Centro, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra,
                                2023-OA/CPM/106/2024-SA-09                                                                                no presentó la garantía de vicios ocultos, observaciones presentes en cuatro obras como se desglosa
                                                                                                                                          en el anexo DAM-VIF-05.

                                Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la           Incumpliendo con lo establecido en los Artículos 37 fracción III de la Ley de Obras Públicas y Servicios
                                documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este        Relacionados del Estado de Oaxaca.
                                resultado.”
                                                                                                                                          Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
                                (…)

                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas                            Solicitud de Aclaración.
                            correspondientes al procedimiento de contratación para atender el resultado antes
                            transcrito, misma que fue analizada como se detalla en el ANEXO DAM-VIF-SOL-04.                               2023-OA/CPM/106/2024-SA-10

                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                     Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo                   documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este
                            como solventado el resultado AF-47.                                                                           resultado.”

                                                                                                                                          (…)

                            El siguiente resultado AF-48 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el informe preliminar de                         Una vez vencido el plazo otorgado en el informe preliminar de auditoría, la Entidad
                            auditoría, mismo que se transcribe a continuación:                                                            Fiscalizable NO aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
                                                                                                                                          transcrito y en el ANEXO DAM-VIF-SOL-05, NO ejerciendo a su favor el derecho concedido
                                (…)                                                                                                       en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de
                                                                                                                                          Oaxaca, por lo que se tienen por consentidas las observaciones realizadas.
                                “RESULTADO: AF-48
                                                   SIN OBSERVACIÓN

                                De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el H. Ayuntamiento      Incumpliendo con lo establecido en los Artículos 37 fracción III de la Ley de Obras Públicas
                                del Municipio de Santa María del tule, Distrito de Centro, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra,  y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
                                respecto al proceso de ejecución de las obras, se constató que contaron con los oficios de
                                designación de los residentes de obra y que los contratistas informaron con anticipación al Municipio
                                del inicio de construcción de las obras.

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