Page 24 - Santa Maria del Tule
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA (…) CON OBSERVACIÓN El siguiente resultado AF-41 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación:
“RESULTADO: AF-40
De la revisión efectuada a la documentación técnica, contable y presupuestaria presentada por el H. (…) CON OBSERVACIÓN
Ayuntamiento del Municipio de Santa María del Tule, Distrito de Centro, Oaxaca, se constató que
presentó el documento básico para la ejecución de obras denominado: Programa Anual de Obra “RESULTADO: AF-41
Pública, del ejercicio Fiscal 2023, sin embargo, no muestra el responsable de las obras, periodo de
ejecución y no indica el número de hombres y mujeres, grupos de edad y los tipos de localidad De la revisión efectuada a la documentación proporcionada por la entidad fiscalizable presentó el
beneficiados por cada obra, y como resultado de la consulta realizada al sitio web oficial del Periódico documento denominado “Padrón de contratistas de obra pública del ejercicio 2023”, sin embrago
Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, en la dirección electrónica como resultado de la consulta realizada al sitio web oficial del Periódico Oficial del Gobierno del Estado
http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se constató que el Programa Anual de Obra Pública del de Oaxaca, en la dirección electrónica http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se constató que el
ejercicio Fiscal 2023 del H. Ayuntamiento del Municipio de Santa María del Tule, Distrito de Centro, Padrón de contratistas del H. Ayuntamiento del Municipio de Santa María del Tule, Distrito de Centro,
Oaxaca, no se encuentra publicado, igualmente no presentó evidencia de su publicación en otros Oaxaca, del Ejercicio Fiscal 2023, no fue publicado, por lo que el municipio no demuestra la publicación
medios, como la Gaceta Municipal o revistas especializadas en temas municipales; lo cual denota oficial del padrón.
una deficiente planeación de las obras previo a su ejecución.
Incumpliendo con lo establecido en el artículo 49 de la Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Incumpliendo con lo establecido en el artículo 26 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados
Servicios Públicos Municipales. del Estado de Oaxaca.
Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
Solicitud de Aclaración.
Solicitud de Aclaración.
2023-OA/CPM/106/2024-SA-03
2023-OA/CPM/106/2024-SA-02
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este
resultado.” resultado.”
(…) (…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Presentó copia certificada de la publicación del Programa Anual de Obra Pública, del Presentó copia certificada de la publicación del Padrón de Contratistas de Obra Pública del
Ejercicio Fiscal 2023, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca y de la Ejercicio 2023 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca y de la consulta
consulta realizada al sitio web oficial, se constató que se encuentra publicado, así mismo, realizada al sitio web oficial, se constató que se encuentra publicado.
que muestra el responsable de las obras, periodo de ejecución e indica el número de
hombres y mujeres, grupos de edad y tipos de localidad beneficiados por cada obra. Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
como solventado el resultado AF-41.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera El siguiente resultado AF-42 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo transcribe a continuación:
como solventado el resultado AF-40.
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