Page 23 - Santa Maria del Tule
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Pliego de Observaciones Pliego de Observaciones INFORME FINAL DE AUDITORÍA
2023-OA/CPM/106/2024-PO-28 2023-OA/CPM/106/2024-PO-29
Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $54,299.99 (Cincuenta y documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $5,020,317.68 (Cinco
cuatro mil doscientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.), conforme a las observaciones detalladas millones veinte mil trescientos diecisiete pesos 68/100 M.N.), conforme a las observaciones detalladas
en este resultado.” en este resultado.”
(…) (…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-28-SOL-28. observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-29-SOL-29.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
como solventado el resultado AF-37. como solventado el resultado AF-38.
El siguiente resultado AF-38 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se El siguiente resultado AF-39 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el informe preliminar de
transcribe a continuación: auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
(…) (…)
“RESULTADO: AF-38 CON OBSERVACIÓN “RESULTADO: AF-39 SIN OBSERVACIÓN
De la revisión a las sub-subcuentas 12352-02-25-FAIS/003 REHABILITACIÓN DEL SISTEMA ELECTRICO DE De la revisión a las sub-subcuentas 12352-02-25-FAISMUN-002 "CONSTRUCCIÓN DE BARDA PERIMETRAL
LA ESCUELA SECUNDARIA FEDERAL NO. 64 “LÁZARO CARDENAS DEL RIO”, CLAVE ESE7264 (2023) (2023) y EN EL JARDÍN DE NIÑOS “PROFESORA TERESA LUNA VARGAS” CLAVE 20DJN085OU, EN EL FRACCIONAMIENTO
12354-RAMO-28/002 REHABILITACION DE LA CALLE CENTENARIO EN EL TRAMO ENTRE LA CALLE 2 DE ABRIL Y EL RETIRO" (2023) (2023), 12354-02-25-FISMUN-001 "REHABILITACION DEL PAVIMENTO ASFALTICO DEL
LA CALLE BENITO JUAREZ (2023) (2023) y a la documentación presentada por la entidad fiscalizable, se CAMINO SOBRE RIO SALADO" (2023) (2023), se verificó lo siguiente: que se encuentran autorizadas en el
detectaron importes devengados y ejercidos al 31 de diciembre de 2023, sin embargo, no presentó la Presupuesto de Egresos y registradas en la contabilidad del municipio; que se efectuaron las
documentación que acredite los pagos realizados, como son los Comprobantes Fiscales Digitales por retenciones y enteros correspondientes al cinco al millar y al impuesto sobre erogaciones por
Internet y los estados de cuenta bancarios en cantidad de $5,020,317.68 (Cinco millones veinte mil remuneraciones al trabajo personal; asimismo, que cuentan con la documentación original
trescientos diecisiete pesos 68/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-29. comprobatoria y justificativa; y que cumplen con la normatividad aplicable.”
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 42, 43, (…)
Artículo 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; y 94 Bis
C de Ley de Hacienda Municipal del Estado de Oaxaca, que a la letra establecen: Debido a lo anterior, este resultado AF-39 permanece sin observaciones.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: El siguiente resultado AF-40 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación:
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