Page 24 - Santa María Peñoles
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA       NÚM.                NOMBRE DE LA OBRA         LOCALIDAD          NÚMERO DE CONTRATO                   (…)                         CON OBSERVACIÓN
                                OC-05        CONSTRUCCIÓN DE TECHADO      SAN ISIDRO BUENA  OP/FAISMUN/MSMP/426/19/202
                                       MULTIDEPORTIVO EN LA COMUNIDAD DE                                                               “RESULTADO: AF-30
                                                                                   VISTA                          3
                                                 SAN ISIDRO BUENA VISTA                                                                De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el H. Ayuntamiento
                                                                                                                                       del Municipio de Santa María Peñoles, Distrito de Etla, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra,
                                Incumpliendo con lo establecido en los artículos 4, 20 primer párrafo, 22 primer párrafo, 26 y 51      respecto al proceso de programación y presupuestación de las obras, se constató que no presentó
                                fracción IV de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; y 13 fracción   la memoria de cálculo, los estudios de ingeniería (estructurales), la memoria descriptiva, el
                                I de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.                    presupuesto de obra, asimismo presenta inconsistencias en la explosión de insumos, observaciones
                                                                                                                                       presentes en cuatro obras, que se relacionan en el ANEXO DAM-VIF-01.
                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                acción:                                                                                                Incumpliendo con lo establecido en los artículos 118 fracción II de la Ley de Ordenamiento Territorial
                                                                                                                                       y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca; 20 fracción VIII, 22, 26, 62 y 63 fracción II de la Ley de
                                Solicitud de aclaración.                                                                               Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; 209 y 263 del Reglamento de
                                                                                                                                       Construcciones y Seguridad Estructural del Estado de Oaxaca.
                                2023-OA/CPM/112/2024-SA-06
                                                                                                                                       Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la     acción:
                                documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en
                                este resultado.”                                                                                       Solicitud de aclaración.

                                (…)                                                                                                    2023-OA/CPM/112/2024-SA-07

                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                      Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                       documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en
                                                                                                                                       este resultado.”

                                                                                                                                       (…)

                            Respecto al proceso de planeación y autorización de las obras, presentó copia certificada                  La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas
                            del Oficio de Notificación de Aprobación y Autorización de Obras, Acciones e Inversiones                   correspondientes al proceso de programación y presupuestación de las obras, para
                            número FAISMUN/MSMP/426/21/2023, de fecha 30 de marzo de 2023, y anexo                                     atender el resultado antes transcrito, misma que fue analizada como se detalla en el ANEXO
                            correspondiente a la obra “Construcción de Techado Multideportivo en la Comunidad de                       DAM-VIF-SOL-01.
                            San Isidro Buenavista”.

                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo                suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                            como solventado el resultado AF-29.                                                                        como solventado el resultado AF-30.

                            El siguiente resultado AF-30 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se               El siguiente resultado AF-31 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                            transcribe a continuación:                                                                                 transcribe a continuación:

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