Page 36 - Santa María Tlahuitoltepec
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente NOMBRE DE LA OBRA LOCALIDAD NÚMERO DE CONTRATO IMPORTE NÚMERO DE
acción: METATE DETERMINADO ANEXO
CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA ENTUBADA LAGUNA
Pliego de observaciones. EN EL PARAJE KUPEYEP Y MOSCA EN LA LOCALIDAD COP/MSMT/437/ $1,522,304.35
DE METATE FAISMUN/008/2023 DAM-VIF-12
2023-OA/CPM/115/2024-PO-32
"MANTENIMIENTO DE CAMINO SACACOSECHAS EN COP/MSMT/437/ $338,930.63
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la EL PARAJE NA'AK NÄJX ÄMJY EN LA LOCALIDAD DE FAISMUN-FIII/018/2023
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $672,536.95 LAGUNA 1A ETAPA"
(Seiscientos setenta y dos mil quinientos treinta y seis pesos 95/100 M.N.), conforme a las
observaciones detalladas en este resultado. TOTAL $1,861,234.98
(…) Fuente: Expedientes técnicos presentados por la Entidad Fiscalizable, correspondiente al ejercicio
fiscal 2023.
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copia certificada
correspondiente a los volúmenes de obra pagados no ejecutados, para atender el Incumpliendo con lo establecido en los artículos 56 penúltimo párrafo, 59 fracción II, 60, 64 primer
resultado antes transcrito; sin embargo, la documentación presentada no justificó ni aclaró párrafo y 65 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca;
en cantidad de $672,536.95 (Seiscientos setenta y dos mil quinientos treinta y seis pesos
95/100 M.N.), como se detalla en los ANEXOS DAM-VIF-SOL-10 y DAM-VIF-SOL-11. Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 56 penúltimo párrafo de la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca. Pliego de observaciones.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera 2023-OA/CPM/115/2024-PO-33
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
concluyendo como no solventado el resultado AF-47. Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $1,861,234.98 (Un
millón ochocientos sesenta y un mil doscientos treinta y cuatro pesos 98/100 M.N.), conforme a las
observaciones detalladas en este resultado.
(…)
El siguiente resultado: AF-48 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copia certificada
transcribe a continuación: correspondiente a las obras no ejecutadas, para atender el resultado antes transcrito, sin
embargo, la documentación presentada no justificó ni aclaró en cantidad de $1,861,234.98
(…) CON OBSERVACIÓN (Un millón ochocientos sesenta y un mil doscientos treinta y cuatro pesos 98/100 M.N.),
como se detalla en el ANEXO DAM-VIF-SOL-12.
“RESULTADO: AF-48
Derivado de la Verificación e Inspección Física realizada a las obras incluidas en la muestra, se Incumpliendo con lo establecido en los artículos 56 penúltimo párrafo, 59 fracción II, 60, 64
observó que respecto a la obra denominada: “Construcción de sistema de agua entubada en el primer párrafo y 65 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de
Paraje Kupeyep y mosca en la Localidad de Metate”, no se realizó la Verificación e Inspección Física, Oaxaca;
debido a que el personal del H. Ayuntamiento no supo indicar el lugar donde fueron ejecutados los
trabajos conforme a las estimaciones correspondientes; por otra parte, referente a la obra Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
denominada: "Mantenimiento de camino sacacosechas en el Paraje Na'ak näjx ämjy en la Localidad insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
de Laguna 1a etapa", se observó que no existe evidencia de la ejecución de los trabajos conforme a concluyendo como no solventado el resultado AF-48.
las estimaciones correspondientes; por estas razones se observaron los importes contratados, como
se detalla a continuación:
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