Page 3 - Santa Maria Tlalixtac
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ENTIDAD FISCALIZABLE: H. Ayuntamiento del Municipio de Santa María Tlalixtac, Distrito Cuicatlán, Oaxaca.
ORDEN DE AUDITORÍA: OA/CPM/116/2024
TIPO DE AUDITORÍA: De Cumplimiento.
CUENTA PÚBLICA: Ejercicio Fiscal 2023.
ANTECEDENTES Derivado de la revisión y fiscalización realizada a la documentación presentada por la
Entidad Fiscalizable, con fundamento en los artículos 31, 32 y 33 de la Ley de Fiscalización
Mediante Acuerdo de fecha 15 de febrero de 2024, la L.C.P. Sarahí Noriega Ricárdez, Titular de Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, se emitió el Informe Preliminar de
la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, aprobó el “Programa Anual de Auditoría, mismo que fue entregado y notificado legalmente el día 22 de agosto de 2024 a
Auditorías 2024 de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, para la la Entidad Fiscalizable por conducto del C. Damián Lozano Cervantes, en su carácter de
Fiscalización de las Cuentas Públicas Estatal y Municipales del Ejercicio Fiscal 2023”, en el cual Presidente Municipal, como consta en el acta de notificación correspondiente.
se contempló al municipio de Santa María Tlalixtac, Distrito Cuicatlán, Oaxaca.
Mediante el Informe Preliminar de Auditoría, se le concedió a la Entidad Fiscalizable, un plazo
Como resultado de lo anterior, se ordenó la Auditoría de Cumplimiento número de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a que haya surtido efectos la
OA/CPM/116/2024, de fecha 20 de febrero de 2024 para la fiscalización de la Cuenta Pública notificación del Informe Preliminar, para que presentara ante esta Auditoría Superior de
del municipio de Santa María Tlalixtac, Distrito Cuicatlán, Oaxaca, correspondiente al Fiscalización del Estado de Oaxaca la documentación, justificación e información para
ejercicio fiscal 2023. atender las observaciones detalladas, las acciones emitidas y recomendaciones
formuladas a la Entidad Fiscalizable en el Informe mencionado.
La referida orden de auditoría fue notificada legalmente el día 29 de febrero de 2024 al C.
Inocencio Álvarez, en su carácter de Regidor de Obras, cuyo original se dejó en su poder, Una vez vencido el plazo otorgado y estando dentro del plazo legalmente concedido,
como consta en el acta de notificación que para tal efecto se levantó. mediante oficio sin número, fechado el 12 de septiembre de 2024, recibido el 13 del mismo
mes y año en la oficialía de partes de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de
Mediante requerimiento de información contenido en la Orden de Auditoría, se le solicitó a la Oaxaca, signado por el C. Damián Lozano Cervantes, en su carácter de Presidente Municipal,
Entidad Fiscalizable, para que en un plazo de diez días hábiles contados a partir del día presentó información y documentación para atender las observaciones detalladas, las
siguiente a que haya surtido efectos la notificación de la Orden de Auditoría, entregara de acciones emitidas y recomendaciones formuladas en el Informe Preliminar de Auditoría,
manera personal, en las oficinas que ocupa esta Auditoría Superior de Fiscalización del misma que se describió y recibió mediante el Acta Circunstanciada elaborada el 13 de
Estado de Oaxaca, la documentación e información comprobatoria y justificativa septiembre de 2024.
correspondiente al periodo comprendido del 01 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023,
como consta y se describe en la Auditoría de Cumplimiento número OA/CPM/116/2024. NOMBRES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA
Por medio del escrito de fecha 14 de marzo de 2024, recibido en esa misma fecha en la Mediante oficio número ASFE/OT/0554/2024 de fecha 01 de marzo de 2024, la Titular de la
oficialía de partes de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, dentro Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, comisionó, para realizar la Auditoría
del plazo legalmente concedido en la Orden de Auditoría, signado por el C. Damián Lozano de Cumplimiento número OA/CPM/116/2024, a los siguientes servidores públicos:
Cervantes, en su carácter de Presidente Municipal, presentó información y documentación
misma que se describió y recepcionó mediante el Acta Circunstanciada levantada el mismo
día 14 de marzo de 2024.
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