Page 5 - Santiago Atitlán
P. 5
INFORME FINAL DE AUDITORÍA CONCEPTO IMPORTE AJUSTES Y TOTAL INFORME FINAL DE AUDITORÍA
PRODUCTOS
La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos 115 Participaciones 3,586,759.00 FINANCIEROS 3,869,027.00
fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, segundo y quinto -
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracción XXII párrafo primero y XXIII, Fondo general de participaciones 2,756,077.00 282,268.00 -
65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción II párrafo antepenúltimo y 137 64,779.00 -
párrafo décimo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 2 Fondo de fiscalización y recaudación 92,925.00 53,295.00 -
fracción XXIII, 3, 4, 5 fracciones III, IV, V, VII, IX, X, XI, XIII, XV, XVII y XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 187.00 -
7, 9, 19 fracción II inciso a), b) y c), 25, 26, 27, 34, 35, 36, 37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo Fondo de impuestos especiales de producción y servicios 36,565.00 - -
penúltimo y 94 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, - -
aprobada mediante Decreto número 1541, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Fondo de compensación del impuesto sobre automóviles 6,276.00 - -
Estado de Oaxaca de fecha treinta de septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas nuevos - -
publicada en el Periódico Oficial número cuarenta y siete, séptima sección, de fecha veinticinco -
de noviembre de dos mil veintitrés y 2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7 fracciones VII y XXIII del Fondo del impuesto sobre automóviles nuevos 23,098.00 147,421.00 -
Reglamento Interior de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, publicado el
29 de abril del año 2023 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, emite el Fondo de fomento municipal 511,368.00 - -
Informe Final de Auditoría con los siguientes resultados: -
Fondo de compensación 95,658.00 10,836.00 17,762,839.08
5,750.00
Fondo municipal sobe la venta final de gasolina y diésel 64,792.00 -
59.32
Fondo estabilizador de los ingresos de las entidades - -
federativas del fondo general de participaciones 49.30
21,631,866.08
Fondo estabilizador de los ingresos de las entidades - 10.02 $ 21,631,866.08
federativas del Fondo de fomento municipal
282,327.32
Fondo estabilizador de los ingresos de las entidades -
federativas del Fondo de fiscalización y recaudación
Impuesto sobre la renta art. 126
Aportaciones Ramo General 33 17,762,779.76
Fondo III; Fondo de aportaciones para la infraestructura
social municipal y de las demarcaciones territoriales del 14,580,295.00
Distrito Federal
fondo IV; Fondo de aportaciones para el fortalecimiento de
los municipios y de las demarcaciones territoriales del 3,182,484.76
El siguiente resultado AD-01 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se Distrito Federal
transcribe a continuación:
TOTALES 21,349,538.76
Total ministrado por la SEFIN
(…) Los datos anteriores, se detallan en los anexos DAM-AD—01 y DAM-AD-02.
“RESULTADO: AD-01 CON OBSERVACIÓN Sin embargo, se observó que el municipio no acreditó haber aplicado dichos recursos con eficiencia,
eficacia, economía, transparencia y honradez, dando cumplimiento a los objetivos contenidos en los
De la información proporcionada por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado programas, proyectos y acciones, toda vez que, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de
de Oaxaca, se comprobó que, el H. Ayuntamiento del Municipio de Santiago Atitlán, Distrito Mixe, Oaxaca, Oaxaca, no demostró:
recibió, en el ejercicio fiscal 2023, recursos en cantidad de $21,631,866.08 (Veintiún millones seiscientos
treinta y un mil ochocientos sesenta y seis pesos 08/100 M.N.), por concepto del Ramo 28, Participaciones • Contar con un adecuado Control Interno para el logro de sus objetivos institucionales, la salvaguarda
a Entidades Federativas y Municipios; así como Ramo General 33, Fondo III: Fondo de Aportaciones para la de los recursos públicos, así como para prevenir la corrupción;
Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FAISMUN); y Fondo
IV: Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del • Contar con documentos administrativos normativos básicos, conforme a lo establecido en la
Distrito Federal (FORTAMUN-DF); además de productos financieros y ajustes, como se muestra en la tabla normatividad aplicable;
siguiente:
• Contar con un Presupuesto de Egresos realizado conforme a la normatividad aplicable;
• Contar con Programas Presupuestarios y alineados con el Plan Estatal y Municipal de Desarrollo;
• Que las obras de los Programas Presupuestarios se planificaron conforme a la normatividad aplicable;
• Que los Programas Presupuestarios fueron diseñados conforme a la Metodología del Marco Lógico
(MML) y que hayan cumplido con los objetivos y metas planteados;
3