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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  NOMBRES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA                                b) El ejercicio del Presupuesto de Egresos para revisar que los egresos se ejercieron en
                                                                                                                               los conceptos y partidas autorizadas; incluidos, entre otros aspectos, la ejecución de los
                            Mediante oficio número ASFE/OT/0570/2024 de fecha 01 de marzo de 2024, la Titular de la            Programas, la contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos,
                            Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, comisionó para realizar la Auditoría     subsidios, aportaciones, donativos, transferencias, aportaciones a fondos, fideicomisos y
                            Financiera número OA/CPM/132/2024, a los siguientes servidores públicos:                           demás instrumentos financieros, así como cualquier esquema o instrumento de pago a
                            C. David Julián Sánchez: Director de Auditoría Municipal “B”.                                      largo plazo;
                            C. Isbi Eliezer Matus Núñez: Jefe de Departamento de Auditoría Financiera y de Cumplimiento.
                            C. Emili Avit Méndez Ruiz: Auditor.                                                                c) El cumplimiento a las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del
                            C. Eduardo Nathan Sánchez Vásquez: Auditor.                                                        gasto público y del sistema de registro y contabilidad gubernamental, respecto de la
                                                                                                                               contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso,
                            CRITERIOS DE SELECCIÓN                                                                             destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles; así como de
                                                                                                                               recursos materiales, almacenes y demás activos; y,
                            En cumplimiento al mandato constitucional de realizar la función de revisión y fiscalización a
                            las Cuentas Públicas del ejercicio fiscal 2023, esta Auditoría Superior de Fiscalización del       d) La legalidad en la captación, recaudación, administración, custodia, manejo,
                            Estado de Oaxaca, consideró los tipos de auditoría previstos en la Norma Profesional del           ejercicio y aplicación de recursos públicos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos;
                            Sistema Nacional de Fiscalización número 1 y determinó aplicar al Ente Fiscalizable en             y que los actos, contratos, convenios, mandatos, fondos, fideicomisos, prestación de
                            mención, el siguiente tipo de auditoría:                                                           servicios públicos, operaciones o cualquier acto que las Entidades Fiscalizables, celebren o
                                                                                                                               realicen, relacionados con el ejercicio del gasto público no han causado daños o perjuicios,
                            Auditoría Financiera*: Son evaluaciones independientes, reflejadas en una opinión con              o ambos, en contra de la Hacienda Pública Estatal y/o Municipal o, en su caso, del
                            garantías razonables, de que la situación financiera presentada por un ente, así como los          patrimonio de las Entidades Fiscalizables.
                            resultados y la utilización de los recursos, se presentan fielmente de acuerdo con el marco
                            de información financiera.                                                                         ALCANCE     $50,721,292.43 (Cincuenta millones setecientos veintiún mil doscientos
                                                                                                                                UNIVERSO:  noventa y dos pesos 43/100 M.N.)
                            *Fuente: Definición con base en las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de       MUESTRA:   $41,540,754.82 (Cuarenta y un millones quinientos cuarenta mil
                            Fiscalización.                                                                                      ALCANCE:   setecientos cincuenta y cuatro pesos 82/100 M.N.)
                                                                                                                                           81.90%
                            OBJETIVO
                                                                                                                               PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA APLICADOS
                            La fiscalización de la Cuenta Pública del H. Ayuntamiento del Municipio de Santo Domingo
                            Ingenio, Distrito de Juchitán, Oaxaca, correspondiente al ejercicio fiscal comprendido del 01      1. Se verificó que la Entidad Fiscalizable recibió y administró la totalidad de los recursos
                            de enero al 31 de diciembre de 2023, tiene como objeto dar cumplimiento al artículo 19                      asignados de las Participaciones y Aportaciones en una cuenta bancaria específica y
                            fracción I incisos a), b), c) y d) de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del           productiva en la que se manejaron exclusivamente los recursos del fondo y sus
                            Estado de Oaxaca, que a la letra dicen:                                                                     rendimientos financieros de cada ejercicio fiscal.

                            a) La ejecución de la Ley de Ingresos, para verificar la forma y términos en que los               2. Se verificó que las asignaciones de los recursos otorgados y registrados contaran con
                            ingresos fueron recaudados, obtenidos, captados y administrados; constatar que los                          la documentación original comprobatoria y justificativa y que se hayan realizado con
                            recursos provenientes de financiamientos, empréstitos y otras obligaciones se contrataron,                  apego a la normatividad.
                            recibieron y aplicaron de conformidad con lo aprobado;

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