Page 8 - Santo Domingo Ingenio
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Presupuesto de Egresos en cantidad de $3,290,216.00 (Tres millones doscientos noventa mil doscientos (…) CON OBSERVACIÓN
dieciséis pesos 00/100 M.N.), observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran
respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa a la plantilla de personal, expedientes “RESULTADO: AF-05
de personal, contratos de prestación de servicios profesionales y controles de asistencia; asimismo, las
nóminas presentadas carecen de firmas de parte de la comisión de hacienda; lo anterior como se De la revisión a la sub-subcuenta 51211-2111 MATERIAL PARA OFICINA, se constató que el H. Ayuntamiento
detalla en el ANEXO DAM-FC-01. del Municipio de Santo Domingo Ingenio, Distrito de Juchitán, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos
en cantidad de $1,877,564.77 (Un millón ochocientos setenta y siete mil quinientos sesenta y cuatro
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de pesos 77/100 M.N.), observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran
Contabilidad Gubernamental. respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación
correspondiente, conforme a la normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio, las mejores
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás
acción: circunstancias pertinentes; asimismo, no presentó evidencia fotográfica de los materiales adquiridos, y
la evidencia de la entrega de los materiales a las áreas solicitantes, no se encuentran debidamente
Solicitud de aclaración: firmados y autorizados, lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-02.
2023-OA/CPM/132/2024-SA-02. Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental; 7 párrafos segundo y tercero, 28 párrafos primero, segundo y último y 29
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación detallada en este Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
resultado.” Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
(…)
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad acción:
Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
transcrito y como se detalla en el ANEXO DAM-FC-01-SOL; no ejerciendo a su favor el Pliego de observaciones:
derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por aceptadas las observaciones 2023-OA/CPM/132/2024-PO-02.
realizadas.
Se le requiere, que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $1,877,564.77 (Un millón
de Contabilidad Gubernamental. ochocientos setenta y siete mil quinientos sesenta y cuatro pesos 77/100 M.N.), conforme a la
observación detallada en este resultado.”
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como
no solventado el Resultado: AF-04. (…)
El siguiente Resultado: AF-05 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
se transcribe a continuación: Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
transcrito y como se detalla en el ANEXO DAM-FC-02-SOL, en cantidad de $1,877,564.77
6 (Un millón ochocientos setenta y siete mil quinientos sesenta y cuatro pesos 77/100 M.N.),
no ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización
Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por aceptadas
las observaciones realizadas.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental; 7 párrafos segundo y tercero, 28 párrafos primero,