Page 9 - Santo Domingo Ingenio
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segundo y último y 29 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos,                          (…)                                                                                                      INFORME FINAL DE AUDITORÍA
Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de
Oaxaca; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del                    Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del                        Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.                                transcrito y como se detalla en el ANEXO DAM-FC-03-SOL, en cantidad de $507,628.17
                                                                                                          (Quinientos siete mil seiscientos veintiocho pesos 17/100 M.N.), no ejerciendo a su favor el
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como             derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
no solventado el Resultado: AF-05.                                                                        Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por aceptadas las observaciones
                                                                                                          realizadas.
El siguiente Resultado: AF-06 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
se transcribe a continuación:                                                                             Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
                                                                                                          de Contabilidad Gubernamental; 7 párrafos segundo y tercero, 28 párrafos primero,
(…)                CON OBSERVACIÓN                                                                        segundo y último y 29 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos,
                                                                                                          Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de
“RESULTADO: AF-06                                                                                         Oaxaca; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del
                                                                                                          Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del
De la revisión a la sub-subcuenta 51211-2112 ÚTILES DE OFICINA Y DE ESCRITORIO, se constató que el H.     Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
Ayuntamiento del Municipio de Santo Domingo Ingenio, Distrito de Juchitán, Oaxaca, afectó el
Presupuesto de Egresos en cantidad de $507,628.17 (Quinientos siete mil seiscientos veintiocho pesos      Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como
17/100 M.N.), observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados      no solventado el Resultado: AF-06.
con la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación correspondiente,
conforme a la normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio, las mejores condiciones           El siguiente Resultado: AF-07 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias               transcribe a continuación:
pertinentes, asimismo, no presentó evidencia fotográfica de los materiales adquiridos, y la evidencia de
la entrega de los materiales a las áreas solicitantes, no se encuentran debidamente firmados y
autorizados, lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-03.

Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de          (…)                CON OBSERVACIÓN
Contabilidad Gubernamental; 7 párrafos segundo y tercero, 28 párrafos primero, segundo y último y 29
de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de    “RESULTADO: AF-07
Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad             De la revisión a la sub-subcuenta 51211-2141 MATERIALES Y CONSUMIBLES PARA EQUIPOS Y BIENES
Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.           INFORMÁTICOS, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de Santo Domingo Ingenio, Distrito de
                                                                                                          Juchitán, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $1,416,820.65 (Un millón
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente     cuatrocientos dieciséis mil ochocientos veinte pesos 65/100 M.N.), observando que los registros
acción:                                                                                                   contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del
                                                                                                          gasto, relativa al proceso de contratación correspondiente, conforme a la normatividad aplicable, en
Pliego de observaciones:                                                                                  donde garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,
                                                                                                          financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, asimismo, no presentó evidencia
2023-OA/CPM/132/2024-PO-03.                                                                               fotográfica de los materiales adquiridos, y la evidencia de la entrega de los materiales a las áreas
                                                                                                          solicitantes, no se encuentran debidamente firmados y autorizados, lo anterior como se detalla en el
Se le requiere, que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la       ANEXO DAM-FC-04.
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $507,628.17 (Quinientos
siete mil seiscientos veintiocho pesos 17/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
resultado.”

                                                                                                                                                                                                                7
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