Page 31 - Santo Domingo Tehuantepec
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Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente INFORME FINAL DE AUDITORÍA
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, acción:
concluyendo como no solventado el resultado AF-51.
Solicitud de aclaración.
El siguiente resultado AF-52 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el informe preliminar de
auditoría, mismo que se transcribe a continuación: 2023-OA/CPM/135/2024-SA-04
(…) SIN OBSERVACIÓN Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación detallada en este
“RESULTADO: AF-52 resultado.”
Derivado de la revisión efectuada a la documentación presentada por el H. Ayuntamiento del (…)
Municipio de Santo Domingo Tehuantepec, Distrito de Tehuantepec, Oaxaca, se constató que
presentó el documento denominado “Padrón de contratistas de obra pública del ejercicio 2023”, y La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
como resultado de la consulta realizada al sitio web oficial del Periódico Oficial del Gobierno del antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Estado de Oaxaca, en la dirección electrónica http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se
constató que fue publicado. Presentó copia certificada del “Acta de Sesión Extraordinaria para la Excepción a la licitación
Pública por la que se Acredita y se Fundamenta el Ejercicio del Procedimiento de Invitación
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación Restringida a Cuando Menos Tres Contratistas, para la Ejecución de las Obras
alguna respecto a este resultado.” Correspondiente al Ejercicio Fiscal 2023”, sin embargo, no justifica haber excedido el
porcentaje del 30% establecido en la normatividad aplicable.
(…)
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
Debido a lo anterior, este resultado AF-52 permanece sin observaciones. insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
concluyendo como no solventado el resultado AF-53.
El siguiente resultado AF-53 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación: El siguiente resultado AF-54 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el informe preliminar de
auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
(…) CON OBSERVACIÓN
(…)
“RESULTADO: AF-53
“RESULTADO: AF-54 SIN OBSERVACIÓN
Derivado de la revisión efectuada a la Relación de Obras en proceso y Terminadas del 01 de enero al
31 de diciembre de 2023, integrada en la Cuenta Pública del ejercicio 2023 y a los expedientes técnicos Para determinar que los contratos de obra pública celebrados durante el ejercicio 2023 estuvieron
unitarios presentados por el H. Ayuntamiento del Municipio de Santo Domingo Tehuantepec, Distrito dentro del rango de aplicación establecido, se constató que el Presupuesto Anual Modificado del
de Tehuantepec, Oaxaca, se observó que del total de las obras contratadas, ninguna fue asignada ejercicio inmediato anterior para Inversión Pública del Municipio, ejercicio 2022, fue de $ 93,552,235.38
mediante la modalidad de licitación pública, así también, se observó que la suma de los montos (Noventa y tres millones quinientos cincuenta y dos mil doscientos treinta y cinco pesos
contratados por excepción a la licitación pública mediante invitación restringida a cuando menos 38/100 M.N.), trasladando este monto a la tabla del artículo 89 fracción VII del Presupuesto de Egresos
tres contratistas y adjudicación directa, fue por el monto total asignado para las obras públicas del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023, verificando que se ubica dentro del rango y montos
contratadas, excediendo el porcentaje del 30% establecido en la normatividad aplicable. máximos de la siguiente manera:
Incumpliendo con lo establecido en el artículo 46 tercer párrafo de la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
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