Page 4 - Villa de Tamazulapam del Progreso
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA CRITERIOS DE SELECCIÓN
En cumplimiento al mandato constitucional de realizar la función de revisión y fiscalización a PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA APLICADOS
las Cuentas Públicas del ejercicio fiscal 2023, esta Auditoría Superior de Fiscalización del
Estado de Oaxaca, consideró los tipos de auditoría previstos en la Norma Profesional del 1. Se comprobó que la Entidad Fiscalizable recibió recursos ministrados por las instancias
Sistema Nacional de Fiscalización número 1 y determinó aplicar al ente fiscalizable en gubernamentales, los cuales debieron ejercerse con estricto apego a la normatividad
mención, el siguiente tipo de auditoría: aplicable.
Auditoría de Desempeño*: Son el examen de la economía, eficiencia y eficacia de la INFORME FINAL DE AUDITORÍA
administración pública y los programas gubernamentales; cubren no solamente
operaciones financieras específicas, sino además todo tipo de actividad gubernamental. La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos
115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, segundo
*Fuente: Definición con base en las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización. y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracciones XXII
párrafo primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción II
OBJETIVO párrafo antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Oaxaca; 2 fracciones XXIII y XXVI, 3, 4, 5 fracciones III, IV, VIII, IX, X, XI, XIII, XV,
La fiscalización de la Cuenta Pública del H. Ayuntamiento del Municipio de Villa de XVII y XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción II incisos a), b) y c), 25, 26, 27, 34,
Tamazulapam del Progreso, Distrito de Teposcolula, Oaxaca, correspondiente al ejercicio 35, 36, 37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Ley de Fiscalización
fiscal comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2023, tiene como objeto dar Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada mediante Decreto número
cumplimiento al artículo 19 fracción II incisos a), b) y c) de la Ley de Fiscalización Superior y 1541, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca de fecha treinta de
Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, que a la letra dicen: septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas publicada en el Periódico Oficial número
cuarenta y siete, séptima sección, de fecha veinticinco de noviembre de dos mil veintitrés y
a) Verificar la eficiencia y eficacia del cumplimiento de sus objetivos; 2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7 fracciones VII y XXIII del Reglamento Interior de la Auditoría
Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, publicado el 29 de abril del año 2023 en el
b) Analizar el cumplimiento de las metas de los indicadores aprobados en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, emite el Informe Final de Auditoría con
Presupuesto de Egresos y si dicho cumplimiento tiene relación con el Plan Estatal de los siguientes resultados:
Desarrollo y Programas sectoriales, o con el Plan Municipal de Desarrollo; y,
El siguiente Resultado: AD-01 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
c) Analizar el cumplimiento de los objetivos de los Programas y las metas de gasto transcribe a continuación:
que promuevan la igualdad entre mujeres y hombres.
(…)
ALCANCE RESULTADO: AD-01 CON OBSERVACIÓN
UNIVERSO: $30,246,921.52 (Treinta millones doscientos cuarenta y seis mil De la información proporcionada por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Gobierno del
novecientos veintiún pesos 52/100 M.N.) Estado de Oaxaca, se comprobó que, el H. Ayuntamiento del Municipio de Villa de Tamazulapam del
MUESTRA: $30,246,921.52 (Treinta millones doscientos cuarenta y seis mil Progreso, Distrito de Teposcolula, Oaxaca; recibió en el Ejercicio Fiscal 2023, recursos en cantidad de
ALCANCE: novecientos veintiún pesos 52/100 M.N.) $30,246,921.52 (Treinta millones doscientos cuarenta y seis mil novecientos veintiún pesos 52/100
100% M.N.), por concepto del Ramo 28, Participaciones a Entidades Federativas y Municipios; Ramo General
33, Fondo III: Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones
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