Page 8 - Tlacolula de Matamoros
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  oficio original número MTM/TM/1568/2024, de fecha 06 de agosto de 2024, y anexa copias                                 Recomendación:
                            certificadas de Relación de bienes que componen el patrimonio municipal muebles e
                            inmuebles 2024, atendiendo las características y normativa de registro establecidos en la                              2023-OA/CPM/143/2024-RE-02
                            normatividad aplicable.
                                                                                                                                                   Se le recomienda a la Entidad Fiscalizable que en lo subsecuente presente ante la Auditoría Superior
                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                              de Fiscalización del Estado de Oaxaca en tiempo y forma los 4 informes trimestrales de los Estados
                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo                            Financieros.”
                            como solventado el resultado AC-05.
                                                                                                                                                (…)
                            El siguiente resultado AC-06 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
                            transcribe a continuación:                                                                                 La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                                                                                                                                       antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                               (…)                CON OBSERVACIÓN
                                                                                                                                       Respecto a la recomendación de presentar en tiempo y forma los 4 informes trimestrales de
                               “RESULTADO: AC-06                                                                                       los Estados Financieros, de las probanzas exhibidas por la Entidad Fiscalizable consistentes
                                                                                                                                       en oficio de presentación de información y documentación número MTM/PM/0718/2024, de
                               De la revisión y análisis a la documentación e información presentada por la Entidad Fiscalizable a     fecha 14 de agosto del 2024, en el cual manifestó lo que a la letra dice: “…este H.
                               requerimiento, relativa a la Cuenta Pública, Estados Financieros del ejercicio fiscal en revisión, se   Ayuntamiento Municipal, acepta esta recomendación 2023-OA/CPM/143/2024-RE-02, y
                               determinó lo siguiente:                                                                                 comunicamos que se giraron instrucciones de manera inmediata a la C. Hévila Méndez
                                                                                                                                       Antonio, Tesorera Municipal de este Municipio, para que se atienda este resultado…”; oficio
                               a) La Entidad Fiscalizable presentó la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal 2023,         original número MTM/PM/0687/2024, de fecha 01 de agosto de 2024, mediante el cual el
                               debidamente autorizada por la Comisión de Hacienda del H. Ayuntamiento Municipal, la cual fue           Presidente Municipal le gira instrucciones a la Tesorera Municipal para atender la
                               presentada ante la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado en fecha 01 de febrero de 2024, en    Recomendación 2023-OA/CPM/143/2024-RE-02; oficio original número MTM/TM/1569/2024,
                               tiempo y forma, mediante acuse con folio CP/551/00124/2023 emitido por la plataforma Tecnológica        de fecha 06 de agosto de 2024, en respuesta al oficio número MTM/PM/0687/2024 de fecha
                               SiMCA Ultra. Además, la Cuenta Pública se encuentra publicada en la página electrónica del Consejo      01 de agosto de 2024; copias certificadas de Acuse de recibo de los Estados Financieros e
                               Estatal de Armonización Contable de Oaxaca de la Secretaría de Finanzas del Estado de Oaxaca.           Informe de Avance de Gestión Financiera, correspondiente al primer trimestre del ejercicio
                                                                                                                                       fiscal 2023; copias certificadas de Acuse de recibo de los Estados Financieros e Informe de
                               b) Por otra parte, presentó los Estados Financieros correspondientes al cuarto trimestre, sin embargo,  Avance de Gestión Financiera, correspondiente al segundo trimestre del ejercicio fiscal 2023;
                               no presentó los relativos al primer, segundo y tercer trimestre del ejercicio fiscal 2023, con sus      copias certificadas de Acuse de recibo de los Estados Financieros e Informe de Avance de
                               respectivos acuses que acrediten la entrega ante la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de   Gestión Financiera, correspondiente al tercer trimestre del ejercicio fiscal 2023; copias
                               Oaxaca a través de la plataforma Tecnológica SiMCA Ultra.                                               certificadas de Acuse de recibo de los Estados Financieros e Informe de Avance de Gestión
                                                                                                                                       Financiera, correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio fiscal 2023. La documentación
                               Incumpliendo con lo establecido en los artículos 58 párrafo primero de la Ley de Disciplina Financiera  presentada acredita que la Entidad Fiscalizable justifica o aclara lo referente a la
                               de las Entidades Federativas y los Municipios; 51, 52 y 55 de la Ley General de Contabilidad            recomendación antes mencionada.
                               Gubernamental; 15 párrafo primero y segundo fracciones I y II de la Ley de Fiscalización Superior y
                               Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; y 43 párrafo primero fracción LII y 95 párrafo primero
                               fracción IX de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

                               Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:

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