Page 12 - Guadalupe Etla Especifico
P. 12
INFORME ESPECÍFICO SÍNTESIS DE LAS JUSTIFICACIONES Y ACLARACIONES PRESENTADAS POR LA ENTIDAD FISCALIZABLE.
Conforme a lo establecido en el artículo 22 párrafo segundo de la Ley de Fiscalización Superior y
Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, aplicado en términos del artículo transitorio TERCERO
de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, expedida mediante el
Decreto número 1541 aprobado por la LXV Legislatura del Estado el 13 de septiembre del dos mil veintitrés
y publicado en el Periódico Oficial 39 Décima Tercera Sección el treinta de septiembre del dos mil
veintitrés, mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMB/0097/2024, notificado el día 27 de febrero de 2024,
se le dieron a conocer al H. Ayuntamiento del Municipio de Guadalupe Etla, Distrito de Etla, Oaxaca, los
Resultados Finales y Observaciones Preliminares derivados de la Auditoría por Situación Excepcional
número OA/ASFE/SE/001/2024, a efecto de que, en un plazo de diez días hábiles, presentara la
documentación justificativa y aclaratoria correspondiente.
El H. Ayuntamiento del Municipio de Guadalupe Etla, Distrito de Etla, Oaxaca, mediante oficio número
MGE/0077/2024, recibido en esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca el día 11 de
marzo de 2024, suscrito por el C. Julio Ramírez Ruiz, PRESIDENTE MUNICIPAL , mediante el cual manifestó lo
siguiente: “… MEDIANTE OFICIO NÚMERO MGE/002/2024 DE FECHA 06 DE FEBRERO 2024, DIRIGIDO AL REGIDOR
DE HACIENDA MUNICIPAL DE LA ADMINISTRACIÓN 2020-2022, EL REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN
CORRESPONDIENTE AL MANEJO DE LOS RECURSOS EXTRAORDINARIOS DEL EJERCICIO 2022, DONDE CONSTA
QUE NO EXISTEN REGISTROS PERTINENTES POR LO QUE MUNICIPIO NO CUENTA CON LA INFORMACIÓN
RESPECTIVA PARA LA ATENCIÓN DE LA OBSERVACIÓN EFECTUADA…” “… EL H. AYUNTAMIENTO DE GUADALUPE
ETLA, ACLARA LA OBSERVACIÓN QUE SE DETALLA EN ESTE RESULTADO, QUE LA ENTIDAD FISCALIZABLE NO
CUENTA CON LA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA Y JUSTIFICATIVA DEL GASTO DE LOS RECURSOS
RECIBIDOS POR CONCEPTO DE APOYOS EXTRAORDINARIOS PARA E SANEAMIENTO FINANCIERO, DEBIDO A QUE
NO EXISTEN REGISTROS CONTABLES NI PRESUPUESTALES CORRESPONDIENTES AL GASTO DE LOS RECURSOS
MENCIONADOS, DONDE SE HAYA EJECUTADO CON EFICIENCIA, EFICACIA, ECONOMÍA, TRANSPARENCIA Y
HONRADEZ…”; motivo por el que no presentaron justificaciones o aclaraciones que atendieran las
observaciones determinadas; por lo cual, los resultados ASE-02 y ASE-03, se consideran como no
atendidos.
NOMBRE DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA
C. Sarahi Noriega Ricárdez: Titular de la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca.
C. David Julián Sánchez: Director de Auditoría Municipal B.
C. Isbi Eliezer Matus Núñez: Jefe de Departamento
C. Karina Islas Torres: Auditor
A T E N TA M E N T E.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN
“EL RESPETO AL DERECHO AJENO ES LA PAZ”
L.C.P. SARAHÍ NORIEGA RICÁRDEZ
TITULAR DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN
DEL ESTADO DE OAXACA