Page 65 - INFORME DE RESULTADOS
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                           INFORME DE RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LAS CUENTAS PÚBLICAS, ESTATAL Y MUNICIPALES 2023

y de Participación Ciudadana del Estado de Oaxaca. Aunado a lo anterior, se presentó
ante la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la denuncia de hechos
que presumían el manejo, aplicación o custodia irregular de recursos públicos. La cual,
quedó registrada en el libro de Control de la Dirección de Auditoría Estatal B, adscrita a
la Auditoría Especial de Fiscalización Estatal de la Auditoría Superior de Fiscalización del
Estado de Oaxaca, con el número de expediente ASFE/AEFE/DAEB/EXC/0003/2023. Una
vez agotados los trámites correspondientes, se emitió el Dictamen Técnico de fecha
veintiséis de septiembre de dos mil veintitrés y se determinó la procedencia de realizar la
auditoría por situación excepcional al referido instituto.

Cabe hacer mención que, el estado que guardan las observaciones derivadas
de la auditoria por situación excepcional, son contenidas en el Informe Especifico
correspondiente.

b) Acuerdo 891

Mediante oficio 8723/LXV de fecha veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés, suscrito
por el Secretario de Servicios parlamentarios del Honorable Congreso del Estado, se
comunicó a la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, el contenido
del acuerdo 891, aprobado por el Pleno Legislativo de la Sexagésima Quinta Legislatura
del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en sesión ordinaria
celebrada el 27 de septiembre de dos mil veintitrés. A través del cual se solicitó la revisión
y fiscalización de los recursos públicos de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas
Desaparecidas para el Estado de Oaxaca. El cual quedó registrado en el libro de Control
de la Dirección de Auditoría Estatal B, adscrita a la Auditoría Especial de Fiscalización
Estatal de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, bajo el número de
expediente ASFE/AEFE/DAEB/EXC/01/2024. Una vez agotados los trámites respectivos, se
procedió a la elaboración del Dictamen Técnico, de fecha veinticinco de noviembre de
dos mil veinticuatro, en el cual se determinó la improcedencia de realizar la auditoría por
situación excepcional a la referida comisión, en virtud de no acreditarse los supuestos
establecidos en el artículo 43 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas
del Estado de Oaxaca.

c) Acuerdo 942

La Sexagésima Quinta Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de
Oaxaca, mediante oficio 9126/LXV de fecha veintinueve de noviembre de dos mil veintitrés,
suscrito por el Secretario de Servicios parlamentarios del Honorable Congreso del Estado,
comunicó a la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, el contenido
del acuerdo 942, aprobado por el Pleno Legislativo en sesión ordinaria celebrada el 29
de noviembre de dos mil veintitrés. A través de dicho acuerdo, se instruyó a la Auditoría
Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, que requiriera al Honorable Ayuntamiento
de Santa Cruz Xoxocotlán, Oaxaca, la información sobre el ejercicio del gasto público del
año 2023, respecto a su plan de obras específicamente en el rubro de drenaje sanitario;
con la finalidad de vigilar la realización de dichas obras e informar los avances y
resultados obtenidos. Consecuentemente, se emitió la orden de auditoría identificada con
el número OA/ASFE/001/2024, de fecha 25 de julio de dos mil veinticuatro.

La auditoría OA/ASFE/001/2024, efectuada al H. Ayuntamiento de Santa Cruz Xoxocotlán,
fue concluida y el estado que guardan las observaciones derivadas de la misma, se
encuentran en el Informe Especifico emitido.

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