Page 66 - INFORME DE RESULTADOS
P. 66
INFORME DE RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LAS CUENTAS PÚBLICAS, ESTATAL Y MUNICIPALES 2023 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
CONCLUSIÓN
La fiscalización de las Cuentas Públicas Estatal y Municipales del ejercicio fiscal
2023, efectuadas en el ejercicio 2024, se realizaron en el marco de la nueva Ley
de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca. Es decir,
por primera vez se ejecutó el proceso de fiscalización establecido en ella. Es
preciso mencionar que derivado de dicho proceso, sólo considera una etapa de
solventación, se evidenció un mayor cumplimiento de los entes fiscalizados.
Aunado a lo anterior, la fiscalización efectuada logró evaluar los resultados
de la Gestión Financiera y el cumplimiento de los objetivos contenidos en los
programas de las entidades fiscalizables. Dichos resultados fueron producto
de los procedimientos realizados conforme a los criterios de evaluación que se
detallaron en este Informe de Resultados, teniendo como base primordial las
normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización y los
principios generales de los procesos de auditoría.
De conformidad con el artículo 37 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición
de Cuentas del Estado de Oaxaca, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado
de Oaxaca, deberá notificar los Informes Finales de Auditoría a las Entidades
Fiscalizables dentro de un plazo de treinta días hábiles siguientes a que hayan
sido entregadas al H. Congreso del Estado de Oaxaca. Es importante mencionar
que, las observaciones consideradas no solventadas y recomendaciones
no atendidas reportadas en los Informes Finales de Auditoria, se harán del
conocimiento de las áreas administrativas encargadas de la investigación
administrativas de la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
por conducto del Informe de Irregularidades Detectadas. Con ello, se considera
terminada la etapa de fiscalización.
A partir del Informe de Irregularidades Detectadas, corresponderá a las
autoridades investigadoras de esta Auditoria Superior de Fiscalización del
Estado de Oaxaca, iniciar con la investigación de las faltas administrativas que
se evidencien de los actos u omisiones de los servidores públicos estatales o
municipales. Lo anterior, de conformidad con la Ley General de Responsabilidades
Administrativas.
“EL RESPETO AL DERECHO AJENO ES LA PAZ”
L.C.P. SARAHÍ NORIEGA RICÁRDEZ
TITULAR DE LA AUDITORIA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA.
66