Page 9 - Consejo Estatal de Arbitraje Médico de Oaxaca
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artículo 186 párrafo tercero “…Se denominan documentos comprobatorios todos aquellos que amparen el pago                                                                 INFORME INDIVIDUAL AVANCE DE LA CUENTA PÚBLICA CUARTO TRIMESTRE 2022
         o transferencia de recursos públicos independientemente de que estos sean federales o estatales, los que
         invariablemente deberán reunir los requisitos fiscales que se establecen en el Código Fiscal de la Federación y
         demás leyes vigentes respectivas.”.

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió a la Comisión Estatal
de Arbitraje Médico de Oaxaca, justifique o aclare, conforme a las observación que se detalla en este Resultado
y presente dentro del plazo que establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior
y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las
acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.

Mediante oficio número ASFE/OT/AEFE/1768/2023, se notificó el día 11 de septiembre de 2023, los
Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días
hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

La Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante
oficio número CEAMO/2C.1.1/2023/068 de fecha 25 de septiembre de 2023, como consta en el acta
circunstanciada de fecha 26 de septiembre de 2023, presentó la siguiente información y/o documentación
certificada:

      • Cuentas por Liquidar Certificadas CLC´S 390, 391, 445, 446, 505 y 506, relativas a la partida, Sueldos
            para Confianza

      • Cuentas por Liquidar Certificadas CLC´S 392, 447 y 507, relativas a la partida, Honorarios Asimilables
            a Salarios

      • Cuentas por liquidar certificadas CLC´S 397, 398, 401, 410, 411, 417, 423, 442, 451, 452, 455, 460,
            464, 465, 467, 490, 491, 496-502, 514, 523, 535, 541, 549, 555, 570 y 572, relativas a la partida,
            Combustibles, Lubricantes y Aditivos

      • Cuentas por Liquidar Certificadas CLC´S 421, 432, 545 y 573, relativas a la partida Refacciones y
            Accesorios Menores de Equipo de Cómputo y Tecnologías de la Información

      • Cuentas por Liquidar Certificadas CLC´S 416, 424, 429, 430, 459, 469, 546, 565 y 574, relativas a la
            partida, Refacciones y Accesorios Menores para Equipo de Transporte

      • Cuentas por Liquidar Certificadas CLC´S 402, 477, 489, 515, 534 y 575, relativas a la partida,
            Materiales, Útiles y Equipos Menos de Oficina

      • Cuentas por Liquidar Certificadas CLC´S 405, 435, 470, 516, 524 y 548, relativas a la partida, Material
            de Limpieza

      • Cuentas por Liquidar Certificadas CLC´S 395, 454 y 512, relativas a la partida, Arrendamiento de
            Edificios

      • Cuentas por Liquidar Certificadas CLC´S 466, 478, 538, 544 y 578, relativas a la partida, Mantto. y
            Reparación de Equipo de Transporte

      • Cuentas por Liquidar Certificadas CLC´S 412, 453 y 513, relativas a la partida, Servicios De Lavandería,
            Higiene Y Manejo De Desechos

      • Cuentas por Liquidar Certificadas CLC´S 396, 474, 531, 554 y 566, relativas a la partida, Impresos Y
            Publicaciones Oficiales

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