Page 98 - Consejo Estatal de Arbitraje Médico de Oaxaca
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INFORME INDIVIDUAL AVANCE DE LA CUENTA PÚBLICA CUARTO TRIMESTRE 2022 AF-06, AF-07, AF-08, AF-09, AF-010, AF-011, AF-012, AF-013, AF-014, AF-015, AF-016, AF-017, AC-
018, AC-019 y AC-020 no presentó comprobantes de pago a proveedor, Comprobantes Fiscales
Digitales por Internet (CFDI´S), Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC´S), solicitud de área
requirente, bitácoras de combustible, resguardos vehiculares y plantilla vehicular autorizada, bitácoras
de mantenimiento, resguardos vehiculares, comprobante de pago al proveedor, solicitudes del área
requirente, entradas y salidas de almacén, órdenes de compra, contrato o convenio, oficios de informe
al personal comisionado, , informe de las comisiones, evidencia de haber realizado las comisiones,
oficio de comprobación de gastos, certificados de permanencia, informe de gastos, lista de asistentes,
programas de trabajos el Control Interno no se encuentra en proceso de implementación, el
Reglamento Interno no se encuentra actualizado conforme a la Estructura Orgánica vigente, el Manual
de Organización no se encuentra autorizado y actualizado conforme a la normativa vigente; y con
respecto a la publicación de las fracciones de la Tabla de Aplicabilidad, ésta, no se encuentra
actualizada en la página de internet de la Entidad Fiscalizable.
CONSIDERACIONES FINALES
Los resultados contenidos en el presente informe individual, en términos de los artículos 65 Bis de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 42 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas
para el Estado de Oaxaca, se notificará a la Entidad Fiscalizable para que, en un plazo de 30 días hábiles, a partir
que surta efecto su notificación, presente la información y realice las consideraciones que estime pertinentes.
Por lo anterior, las recomendaciones y acciones que se presentan en este informe individual de auditoría se
encuentran sujetas al proceso de seguimiento, por lo que en razón de la información y consideraciones que en
su caso proporcione la Entidad Fiscalizable, podrán ratificar, solventar y aclarar.
SÍNTESIS DE LAS JUSTIFICACIONES Y ACLARACIONES
PRESENTADAS POR LA ENTIDAD FISCALIZABLE.
Conforme lo establecido en el artículo 22 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas
para el Estado de Oaxaca, mediante oficio número ASFE/OT/AEFE/1768/2023 de fecha 07 de
septiembre de 2023 y recibido el día 11 de septiembre de 2023, se notificó a la Comisión Estatal
de Arbitraje Médico de Oaxaca los resultados finales y observaciones preliminares, por lo anterior
con oficio número CEAMO/2C.1.1/2023/068 de fecha 25 de septiembre de 2023, la Entidad
Fiscalizable presentó información a la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, a
efecto de atender los resultados AF-02, AF-03, AF-04, AF-05, AF-06, AF-07, AF-08, AF-09, AF-010,
AF-011, AF-012, AF-013, AF-014, AF-015, AF-016, AF-017, AC-018, AC-019 y AC-020; no obstante,
derivado del análisis efectuado se advierte que la información y documentación proporcionada no
reúne las características necesarias de suficiencia, competencia y pertinencia que aclaren y
justifiquen lo observado, por lo cual; AF-05, AF-06, AF-07, AF-08, AF-09, AF-010, AF-011, AF-012,
AF-013, AF-015, AF-016, AF-017, AC-018, AC-019 y AC-020 se consideran como no atendidos.
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