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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME ESPECÍFICO CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022  3, 4, 6 segundo párrafo, 9, 16, 17, 19, 24, 25, 27, 28, 29, 30, 50, 51, 53, 54, 55, 57, 82, fracciones I,
                                                  XI, XII, XVII y XXXII, y 83 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado
                                                  de Oaxaca

                                                  CRITERIOS DE SELECCIÓN

                                                  El otrora Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, en cumplimiento a los artículos 115
                                                  fracción IV penúltimo párrafo, 116 fracción II, párrafo sexto, 134, párrafos primero, segundo y quinto,
                                                  de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 65 BIS párrafo primero y párrafo cuarto
                                                  fracción I en su párrafo segundo, 113 fracción II antepenúltimo párrafo y, 137 de la Constitución
                                                  Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 1, 2, 3, 4, 6 segundo párrafo, 9, 16, 17, 19, 24, 25,
                                                  27, 28, 29, 30, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 57, 75, 80 párrafo segundo, 82 fracciones I, V, XI, XII, XVII y
                                                  XXXII, y 83 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca.

                                                  OBJETIVO

                                                  De conformidad con los artículos 50, 51, 52, 53, 55 primer párrafo y 82 fracción XVII de la Ley de
                                                  Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, la auditoría por Situación
                                                  Excepcional tiene por objeto la revisión de la gestión financiera del periodo comprendido del 01 de
                                                  enero al 30 de septiembre de 2020, del H. Ayuntamiento del Municipio de Ayotzintepec, Distrito
                                                  de Tuxtepec, Oaxaca.

                                                  ALCANCE

                                                  Universo: $26,023,327.66 (Veintiséis millones veintitrés mil trescientos veintisiete pesos
                                                  66/100 M.N.)

                                                  Muestra: $26,023,327.66 (Veintiséis millones veintitrés mil trescientos veintisiete pesos
                                                  66/100 M.N.)

                                                  Porcentaje del alcance: 100%

                                                  PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA APLICADOS

                                                  Derivado de que el Ayuntamiento del Municipio de Ayotzintepec, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca,
                                                  no presentó a requerimiento la documentación e información presupuestal, financiera, contable,
                                                  técnica y legal, así como la justificativa y comprobatoria del ingreso y gasto público, no fue posible la
                                                  aplicación de procedimientos de auditoría a la presente Auditoría Por Situación Excepcional.

                                                  RESULTADOS DE AUDITORIA

                                                  RESULTADO: ASE-01  CON OBSERVACIÓN

                                                  A efecto de que este Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, se allegara de la
                                                  información y demás elementos necesarios para realizar los trabajos de auditoría, de conformidad
                                                  con los artículos 19 fracción X y 82 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
                                                  Cuentas para el Estado de Oaxaca, se solicitó a la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado
                                                  de Oaxaca, mediante el oficio número OSFE/SFCPM/1029/2021 de fecha 24 de noviembre
                                                  de 2021, los reportes donde consten los recursos pagados por cada una de las fuentes de
                                                  financiamiento, comprobantes de transferencias bancarias realizadas a través del Sistema de Pagos
                                                  Electrónicos Interbancarios (SPEI) de los recursos correspondientes al Ramo 28, Participaciones
                                                  a Entidades Federativas y Municipios, incluyendo los ajustes e ingresos por concepto del
                                                  Impuesto sobre la Renta por Salarios; Ramo 33, Fondo de Aportaciones para la Infraestructura
                                                  Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISM-DF) y Fondo de
                                                  Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del
                                                  Distrito Federal (FORTAMUN-DF), e ingresos derivados de convenios pagados del 01 de enero al
                                                  30 de septiembre del ejercicio fiscal 2020 al Municipio de Ayotzintepec, Distrito de Tuxtepec,
                                                  Oaxaca.

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