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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022 Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo 7 inciso a) fracción III: “Vigilar el cumplimiento de los indicadores contenidos en el programa presupuestario a su cargo o del cual
participe.”
Artículo 8 fracción IV: “Vigilar que el ejercicio de los recursos aprobados se apegue estrictamente a los programas, subprogramas,
proyectos, actividades y obras y a las metas establecidas en los programas operativos anuales.”
Artículo 158: “En el primer trimestre del año, las Dependencias y Entidades responsables de los Programas Presupuestarios deberán capturar
las metas planeadas de todos los indicadores de la MIR cuya periodicidad sea anual o menor, así como de aquellos cuya periodicidad sea
mayor a la anual, pero cumpla la meta en el ejercicio vigente. (Reforma según Decreto PPOE de 02-07-2016). Las Dependencias y Entidades
deberán registrar el avance de los indicadores según la periodicidad de los mismos, si su periodicidad es menor al trimestre, capturará todos
los valores anteriores a este sólo en las fechas del calendario establecidas; si la periodicidad es mayor al trimestre capturará el valor en el
trimestre siguiente. La Secretaría podrá requerir información adicional relacionada con los reportes de avance de los indicadores a fin de
comprender las variaciones de los indicadores, así como de las inconsistencias que resulten de la comparación o análisis de la información
reportada. Generando en su caso los criterios para corregir los incumplimientos detectados. En los casos de que la Dependencia o Entidad
que reporta, no sea la responsable del cálculo del indicador, esta deberá señalar la fuente de información del cálculo reportado. Al término
del ejercicio fiscal las Dependencias y Entidades responsables de los programas presupuestarios deberán entregar el reporte del resultado
anual definitivo de la MIR. El seguimiento y evaluación del desempeño de los Programas Presupuestarios tendrá como base la información
registrada en la MIR”
Artículo 162: “Las Dependencias y Entidades serán responsables de: inciso a) Formular los indicadores con la metodología del marco
lógico, así como de establecer las metas; inciso b) Atender las observaciones que resulten de la captura y análisis de la información; inciso c)
Promover y solicitar las actualizaciones de las MIR y de las metas, según sea el caso; inciso d) De la información que se registre en el Sistema
electrónico, incluido en ella la calidad, veracidad y comprobación de la misma, e inciso e) Realizar su publicación en las plataformas web de
transparencia y de sus portales de internet”. (Reforma según Decreto PPOE de 02-07-2016)
RESULTADO: AD-046 SIN OBSERVACIÓN
De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, respecto de la
Matriz de Indicadores para Resultados, del Programa 109 Desarrollo Agrícola y 110 Desarrollo
Pecuario; se verificó que la Entidad Fiscalizable, implementó en sus actividades acciones que
contribuyen a promover la igualdad de mujeres y hombres, establecidas en el Plan Estatal de
Desarrollo 2016-2022 en la Política Transversal Pueblos indígenas e Igualdad de Género, señaladas
en los anexos 4 y 6 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca, concluyéndose que
promovió la igualdad de género.
RESUMEN DE ACCIONES Y RECOMENDACIONES
Se determinaron 27 resultados en la auditoría financiera, 5 en la auditoría de cumplimiento
y 14 en la auditoría de desempeño, haciendo un total de 46 resultados, por lo que se formularon
37 observaciones; de las cuales 0 fueron atendidas, quedando 37 que no fueron atendidas por
la Entidad Fiscalizable antes de la integración del presente informe y se generaron 21 pliegos de
observaciones, 17 solicitudes de aclaración y 12 recomendaciones.
Núm. Núm. De resultado Número de acción Acción emitida
1 AF-10 2022- OA/CPE/01/2023-RE-01 Recomendación
2 AF-013 2022- OA/CPE/01/2023-SA-01 Solicitud de Aclaración
3 AF-014 2022- OA/CPE/01/2023-SA-02 Solicitud de Aclaración
4 AF-015 2022- OA/CPE/01/2023-SA-03 Solicitud de Aclaración
5 AF-016 2022- OA/CPE/01/2023-SA-04 Solicitud de Aclaración
6 AF-017 2022- OA/CPE/01/2023-SA-05 Solicitud de Aclaración
7 AF-018 2022- OA/CPE/01/2023-SA-06 Solicitud de Aclaración
8 AF-019 2022- OA/CPE/01/2023-SA-07 Solicitud de Aclaración
9 AF-020 2022- OA/CPE/01/2023-SA-08 Solicitud de Aclaración
10 AF-021 2022- OA/CPE/01/2023-SA-09 Solicitud de Aclaración
11 AF-022 2022- OA/CPE/01/2023-SA-10 Solicitud de Aclaración
12 AF-023 2022- OA/CPE/01/2023-SA-11 Solicitud de Aclaración
13 AF-024 2022- OA/CPE/01/2023-SA-12 Solicitud de Aclaración
14 AF-025 2022- OA/CPE/01/2023-SA-13 Solicitud de Aclaración
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