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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022          Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

                                                        Artículo 7 inciso a) fracción III: “Vigilar el cumplimiento de los indicadores contenidos en el programa presupuestario a su cargo o del cual
                                                        participe.”

                                                        Artículo 8 fracción IV: “Vigilar que el ejercicio de los recursos aprobados se apegue estrictamente a los programas, subprogramas,
                                                        proyectos, actividades y obras y a las metas establecidas en los programas operativos anuales.”

                                                        Artículo 158: “En el primer trimestre del año, las Dependencias y Entidades responsables de los Programas Presupuestarios deberán capturar
                                                        las metas planeadas de todos los indicadores de la MIR cuya periodicidad sea anual o menor, así como de aquellos cuya periodicidad sea
                                                        mayor a la anual, pero cumpla la meta en el ejercicio vigente. (Reforma según Decreto PPOE de 02-07-2016). Las Dependencias y Entidades
                                                        deberán registrar el avance de los indicadores según la periodicidad de los mismos, si su periodicidad es menor al trimestre, capturará todos
                                                        los valores anteriores a este sólo en las fechas del calendario establecidas; si la periodicidad es mayor al trimestre capturará el valor en el
                                                        trimestre siguiente. La Secretaría podrá requerir información adicional relacionada con los reportes de avance de los indicadores a fin de
                                                        comprender las variaciones de los indicadores, así como de las inconsistencias que resulten de la comparación o análisis de la información
                                                        reportada. Generando en su caso los criterios para corregir los incumplimientos detectados. En los casos de que la Dependencia o Entidad
                                                        que reporta, no sea la responsable del cálculo del indicador, esta deberá señalar la fuente de información del cálculo reportado. Al término
                                                        del ejercicio fiscal las Dependencias y Entidades responsables de los programas presupuestarios deberán entregar el reporte del resultado
                                                        anual definitivo de la MIR. El seguimiento y evaluación del desempeño de los Programas Presupuestarios tendrá como base la información
                                                        registrada en la MIR”

                                                        Artículo 162: “Las Dependencias y Entidades serán responsables de: inciso a) Formular los indicadores con la metodología del marco
                                                        lógico, así como de establecer las metas; inciso b) Atender las observaciones que resulten de la captura y análisis de la información; inciso c)
                                                        Promover y solicitar las actualizaciones de las MIR y de las metas, según sea el caso; inciso d) De la información que se registre en el Sistema
                                                        electrónico, incluido en ella la calidad, veracidad y comprobación de la misma, e inciso e) Realizar su publicación en las plataformas web de
                                                        transparencia y de sus portales de internet”. (Reforma según Decreto PPOE de 02-07-2016)

                                                RESULTADO: AD-046		 SIN OBSERVACIÓN

                                                De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, respecto de la
                                                Matriz de Indicadores para Resultados, del Programa 109 Desarrollo Agrícola y 110 Desarrollo
                                                Pecuario; se verificó que la Entidad Fiscalizable, implementó en sus actividades acciones que
                                                contribuyen a promover la igualdad de mujeres y hombres, establecidas en el Plan Estatal de
                                                Desarrollo 2016-2022 en la Política Transversal Pueblos indígenas e Igualdad de Género, señaladas
                                                en los anexos 4 y 6 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca, concluyéndose que
                                                promovió la igualdad de género.

                                                RESUMEN DE ACCIONES Y RECOMENDACIONES

                                                Se determinaron 27 resultados en la auditoría financiera, 5 en la auditoría de cumplimiento
                                                y 14 en la auditoría de desempeño, haciendo un total de 46 resultados, por lo que se formularon
                                                37 observaciones; de las cuales 0 fueron atendidas, quedando 37 que no fueron atendidas por
                                                la Entidad Fiscalizable antes de la integración del presente informe y se generaron 21 pliegos de
                                                observaciones, 17 solicitudes de aclaración y 12 recomendaciones.

                                                     Núm.  Núm. De resultado             Número de acción        Acción emitida
                                                        1           AF-10     2022- OA/CPE/01/2023-RE-01   Recomendación
                                                        2          AF-013     2022- OA/CPE/01/2023-SA-01   Solicitud de Aclaración
                                                        3          AF-014     2022- OA/CPE/01/2023-SA-02   Solicitud de Aclaración
                                                        4          AF-015     2022- OA/CPE/01/2023-SA-03   Solicitud de Aclaración
                                                        5          AF-016     2022- OA/CPE/01/2023-SA-04   Solicitud de Aclaración
                                                        6          AF-017     2022- OA/CPE/01/2023-SA-05   Solicitud de Aclaración
                                                        7          AF-018     2022- OA/CPE/01/2023-SA-06   Solicitud de Aclaración
                                                        8          AF-019     2022- OA/CPE/01/2023-SA-07   Solicitud de Aclaración
                                                        9          AF-020     2022- OA/CPE/01/2023-SA-08   Solicitud de Aclaración
                                                       10          AF-021     2022- OA/CPE/01/2023-SA-09   Solicitud de Aclaración
                                                       11          AF-022     2022- OA/CPE/01/2023-SA-10   Solicitud de Aclaración
                                                       12          AF-023     2022- OA/CPE/01/2023-SA-11   Solicitud de Aclaración
                                                       13          AF-024     2022- OA/CPE/01/2023-SA-12   Solicitud de Aclaración
                                                       14          AF-025     2022- OA/CPE/01/2023-SA-13   Solicitud de Aclaración

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