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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022
comprobación); en casos especiales se podrá realizar la entrega en una sola exhibición; inciso h) A efecto de evitar...”
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió a la Secretaría
de Fomento Agroalimentario y Desarrollo Rural antes Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Pesca
y Acuacultura, justificar o aclarar, conforme a las observaciones que se detallan en este Resultado y
presentara dentro del plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización
Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que
demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.
Mediante oficio número ASFE/OT/AEFE/1757/2023, se notificó el día 05 de septiembre de
2023, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable
en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
La Secretaría de Fomento Agroalimentario y Desarrollo Rural antes Secretaría de Desarrollo
Agropecuario, Pesca y Acuacultura, en el proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio
número SEFADER/D.A./0855/2023 de fecha 19 de septiembre de 2023, como consta en el
acta circunstanciada de fecha 20 de septiembre de 2023, presentó la siguiente documentación y/o
información:
• Documento de atención al resultado, signado por la Jefa del Departamento de Recursos
Financieros y Contabilidad a través del cual manifiesta que “después de realizar una minuciosa
revisión, informa que no cuenta con documentación soporte ni evidencia que justifique lo
observado”.
De la revisión y análisis, de la documentación y argumentos presentados, se constató que la Entidad
Fiscalizable no presenta documentación que justifique o aclare las inconsistencias detectadas en
la integración de los expedientes de los proyectos 018 Impulso a la Producción de Café en la
Localidad de Santa María Huatulco, proyecto 019 Proyecto de Cultivo de Sorgo en la localidad
de San Francisco Ixhuatán; Proyecto 026 Proyecto de Impulso a la Producción de Caña de
Azúcar en la localidad de Acatlán de Pérez Figueroa, Municipio de Acatlán de Pérez Figueroa;
proyecto 034 Fortalecimiento de la Cadena Productiva de la Denominación de Origen del
Café “Pluma” en el Estado de Oaxaca; proyecto 060 Proyecto Impulso a la Producción de
Café en la Localidad de San José Tenango; proyecto 061 Implementación de Módulos de
Huertos Familiares para la Producción de Hortalizas en la Localidad de Almolonga, Municipio
de Cosolapa; proyecto 062 Implementación de Módulos de Huertos Familiares para la
Producción de Hortalizas en el Municipio de San Sebastián Tecomaxtlahuaca; proyecto 063
Implementación De Módulos De Huertos Familiares Para La Producción de Hortalizas en el
Municipio de Constancia del Rosario; proyecto 070 Establecimiento del Cultivo de Maguey
como Alternativa para Recuperar Suelos Degradados en la Heroica Ciudad de Ejutla de
Crespo, Municipio de la Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo; proyecto 088 Establecimiento
del Cultivo de Maguey como Alternativa para Recuperar Suelos Degradados en San Jerónimo
Coatlán del Programa 109 Desarrollo Agrícola, Subprograma 06 Realización de Acciones de
Fortalecimiento del Sector Agrícola, como se detalla en el ANEXO DAE-AD-02-SEG, el cual
forma parte del presente informe.
Por lo que esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la
observación. Por lo que se emite:
Recomendación
2022-OA/CPE/01/2023-RE-05
Para que la Secretaría de Fomento Agroalimentario y Desarrollo Rural, antes, Secretaría de
Desarrollo Agropecuario, Pesca y Acuacultura, implemente mecanismos de control y supervisión
que garantice en lo subsecuente, la debida integración y resguardo de la evidencia generada por
cada proyecto realizado, tendientes a garantizar la congruencia con las metas establecidas de sus
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