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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca. INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
Artículo 198: “El Municipio correspondiente y la Secretaría, en el ámbito de sus competencias, supervisarán y vigilarán, en todo momento,
que las obras y actividades realizadas estén de acuerdo con el proyecto autorizado y demás lineamientos señalados por la presente Ley, sus
reglamentos respectivos y los programas de ordenamiento territorial y de desarrollo urbano vigentes.”
RESULTADO: AF-33 CON OBSERVACIÓN
De la revisión a las sub-subcuentas 12352-02-25-MSJ0132022 Construcción de parque
público “El Sabino” (2022) (2022), 12352-02-25-MSJT-09-22 Ampliación del Centro
de Salud Rural de 2 núcleos básicos de San Juan Teitipac (2022) (2022), 12353-02-25-
MSL/02-22 Rehabilitación de represa Guelina, en paraje Guelina (2022) (2022) y 12355-
02-25-MSJT/01-22 Construcción de pavimento con concreto hidráulico instalaciones y
trabajos especializados tipo de obra a realizar en la calle Porfirio Díaz (2022) (2022) y a la
documentación presentada por el ente fiscalizado, se observó que no canceló la documentación
comprobatoria con la leyenda “operado,” identificando el nombre del fondo de aportaciones,
programa o convenio con el que fue financiada la obra.
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Artículo 70 Fracción II: “Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con la leyenda “Operado” o como se establezca en las
disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio respectivo”.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le recomendó al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Juan Teitipac, Distrito de Tlacolula, Oaxaca, establezca
mecanismo de control, supervisión y seguimiento tendientes a que la documentación comprobatoria
de los egresos se cancele con la leyenda “operado” o como se establezca en las disposiciones
locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio respectivo y
presentara dentro del plazo que establece la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas
para el Estado de Oaxaca en el artículo 22 segundo párrafo: toda la información y documentación
que demostrara las acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMB/0175/2023, notificado el día 09 de agosto de 2023,
se dieron a conocer al Ayuntamiento del Municipio de San Juan Teitipac, Distrito de Tlacolula,
Oaxaca, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que, en un plazo de 10
días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El Ayuntamiento del Municipio de San Juan Teitipac, Distrito de Tlacolula, Oaxaca, en el
proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número MSJT/0858/2023 de fecha
05 de septiembre de 2023, presentó documentación como consta en el acta circunstanciada de
fecha 06 de septiembre de 2023, sin embargo, respecto a este resultado, no presentó información
o documentación; por lo cual, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
considera no atendida la recomendación; por lo que se emite:
Recomendación
2022-OA/CPM/030/2023-RE-03
Se le requiere al Ayuntamiento del Municipio de San Juan Teitipac, Distrito de Tlacolula, Oaxaca,
presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la información y
documentación en lo relativo a:
Que no canceló la documentación comprobatoria con la leyenda “operado,” identificando el nombre
del fondo de aportaciones, programa o convenio con el que fue financiada la obra: 12352-02-
25-MSJ0132022 Construcción de parque público “El Sabino” (2022) (2022), 12352-
02-25-MSJT-09-22 Ampliación del centro de salud rural de 2 núcleos básicos de San Juan
Teitipac (2022) (2022), 12353-02-25-MSL/02-22 Rehabilitación de represa Guelina, en
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