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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
de acción más efectivas para determinar los medios y fines necesarios para el logro de los
objetivos que solventarán los problemas identificados en la población objetivo, permitiendo su
consecución a través de la adecuada planeación del Presupuesto de Egresos Aprobado.
c) Matriz de Indicadores para Resultados (MIR). La Entidad Fiscalizable no presentó ante el
extinto Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, ahora Auditoría Superior
de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Matriz de Indicadores para Resultados de
los Programas Presupuestarios “Educación”, “Vivienda y Servicios Básicos”, “Seguridad
Ciudadana” y “Comunicaciones y Transportes”, en el Presupuesto de Egresos Aprobado
para el ejercicio fiscal 2022. Derivado de lo anterior, la Entidad Fiscalizable no acreditó que
haya diseñado los Programas Presupuestarios de conformidad con la Metodología del Marco
Lógico (MML). Es decir; con una estructura adecuada en la determinación del fin, propósito,
componentes y actividades de los programas, así como en la identificación de los indicadores
pertinentes para la medición de los objetivos, las metas de los mismos, y de la población
objetivo, además de verificar la congruencia con los Planes Estatales y Municipales de
Desarrollo. Asimismo, la Entidad Fiscalizable no acreditó que los indicadores cumplieran
con los criterios de Claridad; que sean entendible e inequívocos, Relevante; que provean
información esencial sobre el objetivo que se quiere medir, Económico; debiendo elegir
aquellos que estén disponibles a un costo razonable, Monitoreable, sujetándose a una
comprobación independiente y, Adecuado; debiendo proveer suficientes bases para medir el
indicador.
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento del Municipio de San Francisco Ozolotepec, Distrito de
Miahuatlán, Oaxaca, no acreditó que el diseño de los Programas Presupuestarios “Educación”,
“Vivienda y Servicios Básicos”, “Seguridad Ciudadana” y “Comunicaciones y Transportes”, cumplieran
con los elementos cualitativos de la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR).
Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, Artículo 61,
párrafo primero fracción II inciso b); Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas
y los Municipios, Artículo 18 párrafo primero; Lineamientos para la Construcción y Diseño de
Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML); lo que a la letra
dice:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 61, párrafo primero fracción II inciso b): “Además de la información prevista en las respectivas leyes en materia financiera, fiscal
y presupuestaria y la información señalada en los artículos 46 a 48 de esta Ley, la Federación, las entidades federativas, los municipios, y
en su caso, las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluirán en sus respectivas leyes de ingresos y presupuestos de egresos u
ordenamientos equivalentes, apartados específicos con la información siguiente:” II: “Presupuestos de Egresos:”; b): “El listado de programas
así como sus indicadores estratégicos y de gestión aprobados.”.
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
Artículo 18 párrafo primero: “Las iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos de los Municipios se
deberán elaborar conforme a lo establecido en la legislación local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas
que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos, parámetros cuantificables e indicadores del desempeño;
deberán ser congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo y los programas derivados de los mismos; e incluirán cuando
menos objetivos anuales, estrategias y metas.”.
Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML), emitidos
por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), que establecen las disposiciones para la homologación, estandarización y
actualización de los indicadores de desempeño de los programas operados por los entes públicos en cumplimiento a la Ley General de
Contabilidad Gubernamental.
Cumplimiento de los objetivos y metas de los indicadores de desempeño contenidos en los
Programas Presupuestarios autorizados, mediante los indicadores reportados en la Cuenta
Pública Municipal
De la revisión y análisis de los Programas Presupuestarios “Educación”, “Vivienda y Servicios
Básicos”, “Seguridad Ciudadana” y “Comunicaciones y Transportes”, se constató lo siguiente:
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