Page 52 - 043 San Francisco Ozolotepec
P. 52

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022                                                  AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                         de acción más efectivas para determinar los medios y fines necesarios para el logro de los
                                                         objetivos que solventarán los problemas identificados en la población objetivo, permitiendo su
                                                         consecución a través de la adecuada planeación del Presupuesto de Egresos Aprobado.

                                                    c)	Matriz de Indicadores para Resultados (MIR). La Entidad Fiscalizable no presentó ante el
                                                         extinto Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, ahora Auditoría Superior
                                                         de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Matriz de Indicadores para Resultados de
                                                         los Programas Presupuestarios “Educación”, “Vivienda y Servicios Básicos”, “Seguridad
                                                         Ciudadana” y “Comunicaciones y Transportes”, en el Presupuesto de Egresos Aprobado
                                                         para el ejercicio fiscal 2022. Derivado de lo anterior, la Entidad Fiscalizable no acreditó que
                                                         haya diseñado los Programas Presupuestarios de conformidad con la Metodología del Marco
                                                         Lógico (MML). Es decir; con una estructura adecuada en la determinación del fin, propósito,
                                                         componentes y actividades de los programas, así como en la identificación de los indicadores
                                                         pertinentes para la medición de los objetivos, las metas de los mismos, y de la población
                                                         objetivo, además de verificar la congruencia con los Planes Estatales y Municipales de
                                                         Desarrollo. Asimismo, la Entidad Fiscalizable no acreditó que los indicadores cumplieran
                                                         con los criterios de Claridad; que sean entendible e inequívocos, Relevante; que provean
                                                         información esencial sobre el objetivo que se quiere medir, Económico; debiendo elegir
                                                         aquellos que estén disponibles a un costo razonable, Monitoreable, sujetándose a una
                                                         comprobación independiente y, Adecuado; debiendo proveer suficientes bases para medir el
                                                         indicador.

                                                  Por lo anterior, el H. Ayuntamiento del Municipio de San Francisco Ozolotepec, Distrito de
                                                  Miahuatlán, Oaxaca, no acreditó que el diseño de los Programas Presupuestarios “Educación”,
                                                  “Vivienda y Servicios Básicos”, “Seguridad Ciudadana” y “Comunicaciones y Transportes”, cumplieran
                                                  con los elementos cualitativos de la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR).

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, Artículo 61,
                                                  párrafo primero fracción II inciso b); Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas
                                                  y los Municipios, Artículo 18 párrafo primero; Lineamientos para la Construcción y Diseño de
                                                  Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML); lo que a la letra
                                                  dice:

                                                          Ley General de Contabilidad Gubernamental

                                                          Artículo 61, párrafo primero fracción II inciso b): “Además de la información prevista en las respectivas leyes en materia financiera, fiscal
                                                          y presupuestaria y la información señalada en los artículos 46 a 48 de esta Ley, la Federación, las entidades federativas, los municipios, y
                                                          en su caso, las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluirán en sus respectivas leyes de ingresos y presupuestos de egresos u
                                                          ordenamientos equivalentes, apartados específicos con la información siguiente:” II: “Presupuestos de Egresos:”; b): “El listado de programas
                                                          así como sus indicadores estratégicos y de gestión aprobados.”.

                                                          Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios

                                                          Artículo 18 párrafo primero: “Las iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos de los Municipios se
                                                          deberán elaborar conforme a lo establecido en la legislación local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas
                                                          que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos, parámetros cuantificables e indicadores del desempeño;
                                                          deberán ser congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo y los programas derivados de los mismos; e incluirán cuando
                                                          menos objetivos anuales, estrategias y metas.”.

                                                          Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML), emitidos
                                                          por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), que establecen las disposiciones para la homologación, estandarización y
                                                          actualización de los indicadores de desempeño de los programas operados por los entes públicos en cumplimiento a la Ley General de
                                                          Contabilidad Gubernamental.

                                                  Cumplimiento de los objetivos y metas de los indicadores de desempeño contenidos en los
                                                  Programas Presupuestarios autorizados, mediante los indicadores reportados en la Cuenta
                                                  Pública Municipal

                                                  De la revisión y análisis de los Programas Presupuestarios “Educación”, “Vivienda y Servicios
                                                  Básicos”, “Seguridad Ciudadana” y “Comunicaciones y Transportes”, se constató lo siguiente:

                                                  50
   47   48   49   50   51   52   53   54   55   56   57