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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
en materia de recursos humanos, que considere las actividades de selección, contratación,
capacitación, evaluación al desempeño, incentivos y separación del personal, ni haber capacitado al
personal en materia de legalidad, ética y calidad en el servicio público.
Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
Ayuntamiento del Municipio de Santiago Ihuitlán Plumas, Distrito de Coixtlahuaca, Oaxaca, realizar
las acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI), respecto
al componente ambiente de control, el cual tiene la finalidad de proporcionar disciplina y estructura
para apoyar al personal en la consecución de los objetivos institucionales a través de la implementación
de un Órgano Interno de Control Municipal, así como contar con un código de ética expedido y/o
reformado por el ayuntamiento, con un código de conducta, tener establecida una comisión de
rendición de cuentas, transparencia y acceso a la información, establecer un comité de contraloría
social municipal. Asimismo, contar con disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos
y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles, con un manual de
organización y un manual de procedimientos, con bando de policía y gobierno, con un reglamento
interno del municipio y reglamentos municipales, así como contar con un manual o documento de
naturaleza administrativa en materia de recursos humanos, que considere las actividades de selección,
contratación, capacitación, evaluación al desempeño, incentivos y separación del personal, capacitar
al personal en materia de legalidad, ética y calidad en el servicio público; además de, cumplir con
las obligaciones, así como con las recomendaciones, políticas públicas, lineamientos y cualquier
normatividad que emitan las instancias del Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema Estatal de
Combate a la Corrupción.
ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS
Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por el ente auditado, respecto al componente
de administración de riesgos, se determina un puntaje alcanzado de 2.9 de un total de 20.0 puntos
asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el Ayuntamiento no
acreditó, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, lo que se enlista a
continuación: contar con un programa anual de la administración pública municipal, en los que se
establezcan los mecanismos para la ejecución de obras y la prestación de los servicios públicos
a cargo del ayuntamiento; la programación, presupuestación y asignación de los recursos se
realiza con base en los objetivos estratégicos establecidos por el municipio, en el programa de la
Administración Pública Municipal, contar con una área formalmente establecida que realice las
funciones de promover y ejecutar la elaboración, actualización, control y evaluación del Plan
Municipal de Desarrollo y sus programas, con una área encargada de identificar, analizar y evaluar
los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento de los objetivos de su Plan Municipal de Desarrollo;
asimismo, no acreditó evaluar los posibles actos de corrupción, fraude, abuso y otras irregularidades
que atenten contra la salvaguarda de los bienes y recursos públicos, tampoco planeó acciones ante
los cambios internos o externos, que afecten el buen funcionamiento del control interno.
Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
Ayuntamiento del Municipio de Santiago Ihuitlán Plumas, Distrito de Coixtlahuaca, Oaxaca, realizar
las acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI) respecto
al componente de administración de riesgos, el cual tiene la finalidad de evaluar los riesgos a los que
se enfrenta la institución en la procuración del cumplimiento de sus objetivos, a fin de proporcionar
las bases para identificar los riesgos, analizarlos, catalogarlos, priorizarlos y desarrollar respuestas
que mitiguen su impacto, incluyendo los riesgos de corrupción; a través de un programa anual de la
administración pública municipal, en los que se establezcan los mecanismos para la ejecución de obras
y la prestación de los servicios públicos a cargo del ayuntamiento; la programación, presupuestación
y asignación de los recursos realizados con base en los objetivos estratégicos establecidos por
el municipio, en el programa de la Administración Pública Municipal, a su vez la implementación de
una área formalmente establecida que realice las funciones de promover y ejecutar la elaboración,
actualización, control y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo y sus programas, de una área
encargada de identificar, analizar y evaluar los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento de los
objetivos de su Plan Municipal de Desarrollo y de una área que evalué los posibles actos de corrupción,
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