Page 18 - 054 San Miguel Peras
P. 18
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
trescientos noventa y dos mil setecientos cincuenta y cinco pesos 05/100 M.N.), para ejercer
a través de seis Programas Presupuestarios, observándose inconsistencias, debido a que 6 de los
7 Programas Presupuestarios originalmente aprobados en el Presupuesto de Egresos no reportan
registros presupuestales de importes aprobados, ni modificados, ni prevalecen con registro al final
del ejercicio en la Cuenta Pública 2022; así mismo, se observaron 5 programas presupuestarios
que no fueron autorizados en el Presupuesto de Egresos Aprobado, no obstante, reportan importes
autorizados en dicho documento; sin evidencia de que se haya realizado la aprobación de la
modificación de dichos Programas, por lo que no demuestra que en la elaboración del Presupuesto
de Egresos se haya realizado una adecuada planeación y programación, formulando un Presupuesto
de Egresos basado en Resultados, como se detalla a continuación:
PROGRAMAS AUTORIZADOS SEGÚN PRESUPUESTO APROBADO PROGRAMAS SEGÚN CUENTA MONTO AUTORIZADO MONTO MODIFICADO
NO. PRESUPUESTO DE EGRESOS SEGÚN PRESUPUESTO DE PÚBLICA SEGÚN CUENTA PÚBLICA SEGÚN CUENTA PÚBLICA
APROBADO EGRESOS
1 AGUA Y SANEAMIENTO SIN REGISTRO SIN REGISTRO SIN REGISTRO
SIN REGISTRO SIN REGISTRO SIN REGISTRO
2 VIVIENDA SIN REGISTRO SIN REGISTRO SIN REGISTRO
3 PAVIMENTACIÓN E INFRAESTRUCTURA SIN REGISTRO SIN REGISTRO
URBANA SIN REGISTRO SIN REGISTRO
SIN REGISTRO SIN REGISTRO
4 ELECTRIFICACIÓN CONVENCIONAL Y NO SIN REGISTRO 6,032,950.02
CONVENCIONAL 0.00 12,840,494.24
23,871,465.25
5 PLANEACIÓN MUNICIPAL SIN REGISTRO 9,083,300.25 9,214,944.06
44,188,449.01
6 SALUD SIN REGISTRO 0.00
EDUCACIÓN 433,329.00
32,954,765.50 0.00 4,682,588.72
0.00 $77,392,755.05
7 EDUCACIÓN $32,954,765.50
8 VIVIENDA Y SERVICIOS BÁSICOS
9 GOBIERNO MODERNO
10 COMUNICACIONES Y
TRANSPORTES
11 DESARROLLO URBANO Y
12 ORDENAMIENTO TERRITORIAL
TOTALES CULTURA
$32,954,765.50
El ente fiscalizado no presentó las modificaciones al Presupuesto de Egresos para el ejercicio
fiscal 2022, con sus correspondientes publicaciones, con las que justifique los ajustes en los
Programas Presupuestarios, los objetivos y metas originalmente programados, por lo que no acredita
la autorización del Ayuntamiento para la modificación presupuestal realizada en los importes
originalmente autorizados en los programas aprobados.
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios,
Artículo 18 párrafos primero y segundo: “Las iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos de los
Municipios se deberán elaborar conforme a lo establecido en la legislación local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental
y las normas que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos, parámetros cuantificables e indicadores
del desempeño; deberán ser congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo y los programas derivados de los mismos;
e incluirán cuando menos objetivos anuales, estrategias y metas. Las Leyes de Ingresos y los Presupuestos de Egresos de los Municipios
deberán ser congruentes con los Criterios Generales de Política Económica y las estimaciones de las participaciones y Transferencias
federales etiquetadas que se incluyan no deberán exceder a las previstas en la iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación y en el
proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, así como aquellas transferencias de la Entidad Federativa correspondiente.”;
Ley General de Contabilidad Gubernamental,
Artículo 61 fracción II incisos a) y b): “Además de la información prevista en las respectivas leyes en materia financiera, fiscal y
presupuestaria y la información señalada en los artículos 46 a 48 de esta Ley, la Federación, las entidades federativas, los municipios, y
en su caso, las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluirán en sus respectivas leyes de ingresos y presupuestos de egresos u
ordenamientos equivalentes, apartados específicos con la información siguiente: II. Presupuestos de Egresos: a) Las prioridades de gasto,
los programas y proyectos, así como la distribución del presupuesto, detallando el gasto en servicios personales, incluyendo el analítico de
plazas y desglosando todas las remuneraciones; las contrataciones de servicios por honorarios y, en su caso, previsiones para personal
eventual; pensiones; gastos de operación, incluyendo gasto en comunicación social; gasto de inversión; así como gasto correspondiente a
compromisos plurianuales, proyectos de asociaciones público privadas y proyectos de prestación de servicios, entre otros; b) El listado de
programas así como sus indicadores estratégicos y de gestión aprobados.”;
16