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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
PROGRAMA OBJETIVO DEL ACTIVIDAD OBRAS / ACCIÓN IMPORTE EJES DEL PLAN TEMAS DE LOS EJES DEL PLAN TEMAS DE LOS INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
PROGRAMA DEVENGADO MUNICIPAL DE EJES DEL PLAN ESTATAL DE EJES DEL PLAN
DESARROLLO MUNICIPAL DE DESARROLLO
DESARROLLO ESTATAL DE
DESARROLLO
PAVIMENTACION PAVIMENTACIÒN DE ACCESOS 30,027,802.20
DE CAMINOS A CABECERAS MUNICIPALES 121,512.10
A CABECERAS (2022) (2022) 0.00
MUNICIPALES
INDIGENAS ACCIONES DEL CAPÍTULO 5000 2,836,106.00
BIENES MUEBLES, INMUEBLES 1,138,464.57
E INTANGIBLES 1,013,678.44
$35,137,563.31
COMUNICACIONES MEJORAR LAS AMPLIACION DE SIN OBRAS O ACCIONES 4 SERVICIOS DE EJE IV: OAXACA COMUNICACIONES
Y TRANSPORTES CARRETERAS CAMINO SAN MIGUEL PROSPERIDAD: COMUNICACIÓN PRODUCTIVO E Y TRANSPORTES
ALIMENTADORAS AMPLIACION DE CAMINO SAN
PERAS – SAN MIGUEL PERAS – SAN ANTONIO SAN MIGUEL INNOVADOR
ANTONIO HUITEPEC, HUITEPEC, DEL KM 0+000 AL PERAS
5+000. (2022)
DEL KM 0+000 AL PRODUCTIVO E
5+000. INNOVADOR
AMPLIACION DE
CAMINO SAN MIGUEL
PERAS – SAN
ANTONIO HUITEPEC,
DEL KM 0+000 AL
5+000. OBRA
MEJORAR LA REVESTIMIENTO DE CAMINO
CONECTIVIDAD PARA COSECHERO LA SOLEDAD –
SAN MIGUEL PERAS (2022)
UN DESARROLLO
SOCIAL CONSTRUCCION DE
PAVIMENTO CON CONCRETO
HIDRAULICO DE LA CALLE
CRESPO (2022)
TOTAL DEL PROGRAMA: COMUNICACIONES Y TRANSPORTES -
Aprobación de los programas presupuestarios.
De la revisión realizada a la documentación presentada por el municipio, se verificó que el ente
fiscalizado dispone del documento denominado “Programa Anual de la Administración Pública
Municipal”, con fecha de elaboración del 13 de enero de 2022, sin embargo, la fecha de autorización
del documento es del 03 de enero de 2022, por lo que no es susceptible de revisión y análisis al
existir incongruencia entre las fechas antes mencionadas; referente al Programa Anual de Obras
para el ejercicio fiscal 2022, se observa que el documento no cuenta con fecha de elaboración,
por lo que no acredita que se haya elaborado dentro de los primero 90 días del inicio del ejercicio
fiscal; y respecto al Acta de Priorización de Obras, Acciones y Proyectos del Consejo de Desarrollo
Social Municipal (CDSM), Ejercicio Fiscal 2022, de fecha 15 de marzo de 2022, se observa que la
obra denominada “Obra-0001-Pavimentación de accesos a cabeceras municipales (2022) (2022)”,
ejecutada a través del programa “Comunicaciones y Transportes”, no se encuentra contemplada
en dicho documento, por lo que no fue priorizada; asimismo, y como ya se mencionó, la obra
denominada “Construcción de Centro para la Atención Integral de Adultos Mayores (Tercera Etapa)
(2022)” ejecutada a través del Programa “Vivienda y Servicios Básicos”, se utiliza para un fin distinto
al de su priorización en el documento antes mencionado.
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley de Coordinación Fiscal
Artículo 33 Apartado A fracción II: “Los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, se destinarán a los siguientes
rubros: II. Fondo de Infraestructura Social para las Entidades: obras y acciones que beneficien preferentemente a la población de los
municipios, demarcaciones territoriales y localidades que presenten mayores niveles de rezago social y pobreza extrema en la entidad.
Asimismo, las obras y acciones que se realicen con los recursos del fondo a que se refiere este artículo, se deberán orientar preferentemente
conforme al Informe anual de la situación de pobreza y rezago social de las entidades y sus respectivos municipios o demarcaciones
territoriales que realice la Secretaría de Desarrollo Social, mismo que se deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el
último día hábil de enero.”;
Ley de Coordinación Fiscal para el Estado de Oaxaca,
Artículo 17 párrafo primero y fracción II: “El Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal, se destinará exclusivamente
al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a sectores de su población en pobreza
extrema, localidades con alto o muy alto nivel de rezago social, en los siguientes rubros: Agua potable, alcantarillado, drenaje y letrinas,
urbanización municipal, electrificación rural y de colonias pobres, infraestructura básica de salud, infraestructura básica educativa,
mejoramiento de vivienda, así como el mantenimiento de infraestructura, conforme a lo señalado en el catálogo de acciones establecido
en los Lineamientos que emita la Secretaría de Desarrollo Social. …Respecto de dichas aportaciones los Municipios deberán: II. Promover
la participación de las comunidades beneficiarias en su destino, aplicación y vigilancia, así como en la programación, ejecución, control,
seguimiento y evaluación de las obras y acciones que se vayan a realizar.”;
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