Page 25 - 054 San Miguel Peras
P. 25
AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
gubernamental, estableciendo las diversas causas y los efectos que producen en la población
del municipio y que a través del presupuesto de egresos permitirá establecer las acciones para
revertir los efectos negativos identificados.
b) Árbol de Objetivos: El ente auditado no presentó en el Presupuesto de Egresos Aprobado, los
árboles de objetivos, por lo que no acredita que haya realizado el análisis y valoración de las
opciones de acción más efectivas para determinar los medios y fines necesarios para lograr los
objetivos que solventarán los problemas identificados en la población objetivo, permitiendo su
consecución a través de la adecuada planeación del presupuesto de egresos.
c) Matriz de Indicadores para Resultados (MIR). El ente fiscalizado no presentó las Matrices
de Indicadores para Resultados (MIR), en el Presupuesto de Egresos Aprobado, por lo que
no acreditó que hayan diseñado los Programas Presupuestarios de conformidad con la
Metodología del Marco Lógico (MML), con una estructura adecuada en la determinación del
fin, propósito, componentes y actividades de los programas, identificando los indicadores
pertinentes para la medición de los objetivos y las metas de los mismos, así como la población
objetivo y que fueran congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo; de
igual manera, no acreditó que los indicadores cumplieran con los criterios de Claridad, es decir,
que sean entendibles e inequívocos; Relevantes, que provean información esencial sobre el
objetivo que se quiere medir; Económico, debiendo elegir aquellos que estén disponibles a un
costo razonable; Monitoreable, sujetándose a una comprobación independiente y Adecuado,
debiendo proveer suficientes bases para medir el indicador.
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 61 fracción II inciso b): “Además de la información prevista en las respectivas leyes en materia financiera, fiscal y presupuestaria
y la información señalada en los artículos 46 a 48 de esta Ley, la Federación, las entidades federativas, los municipios, y en su caso, las
demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluirán en sus respectivas leyes de ingresos y presupuestos de egresos u ordenamientos
equivalentes, apartados específicos con la información siguiente: II. Presupuestos de Egresos: b) El listado de programas así como sus
indicadores estratégicos y de gestión aprobados.”;
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
Artículo 18 párrafo primero: “Las iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos de los Municipios se
deberán elaborar conforme a lo establecido en la legislación local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas
que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos, parámetros cuantificables e indicadores del desempeño;
deberán ser congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo y los programas derivados de los mismos; e incluirán cuando
menos objetivos anuales, estrategias y metas.”; y
Con lo señalado en los Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del
Marco Lógico (MML), emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), que establecen las disposiciones para
la homologación, estandarización y actualización de los indicadores de desempeño de los programas operados por los entes públicos en
cumplimiento a la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Cumplimiento de los objetivos y metas de los indicadores de desempeño contenidos en los
programas autorizados, mediante los indicadores reportados en la cuenta pública.
De la revisión y análisis a los Programas Presupuestarios “Vivienda y Servicios Básicos”, “Gobierno
Moderno” y “Comunicaciones y Transportes”, respecto a los objetivos y metas presentados en
el Reporte de Programas Presupuestarios integrado en la Cuenta Pública 2022, se constató
lo siguiente: respecto al programa “Vivienda y Servicios Básicos”, se verificó que reporta alcance
del 100% de las metas; en la unidad de medida “habitantes”; del programa “Gobierno Moderno”
reporta el alcance del 100% de las metas de sus actividades, en las unidades de medida “Servicios
municipales de mejoras” y “Personas”; y del programa “Comunicaciones y Transportes” reporta
el alcance del 100% de las metas de sus actividades, en las unidades de medida “Kilómetros”,
“Ampliación” y “Obra”.
Por otra parte, de la visita física realizada por el personal auditor de esta Auditoría Superior
de Fiscalización, en compañía del personal del Ayuntamiento municipal del ente auditado, a
las obras correspondientes a los Programas Presupuestarios: “Vivienda y Servicios Básicos”
23