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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
b) Árbol de Objetivos: El ente fiscalizado no presentó en el Presupuesto de Egresos
Aprobado, los árboles de objetivos de los Programas Presupuestarios “Gobierno Moderno”
y “Comunicaciones y Transportes”, por lo que no acredita que haya realizado el análisis
y valoración de las opciones de acción más efectivas para determinar los medios y fines
necesarios para lograr los objetivos que solventarán los problemas identificados en la
población objetivo, permitiendo su consecución a través de la adecuada planeación del
presupuesto de egresos.
c) Matriz de Indicadores para Resultados (MIR). El ente fiscalizado no presentó las Matrices
de Indicadores para Resultados (MIR), en el Presupuesto de Egresos Aprobado, de los
Programas Presupuestarios “Gobierno Moderno” y “Comunicaciones y Transportes”, por lo
que no acreditó que hayan diseñado los Programas Presupuestarios de conformidad con la
Metodología del Marco Lógico (MML), con una estructura adecuada en la determinación del
fin, propósito, componentes y actividades de los programas, identificando los indicadores
pertinentes para la medición de los objetivos y las metas de los mismos, así como la población
objetivo y que fueran congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo; de
igual manera, no acreditó que los indicadores cumplieran con los criterios de Claridad, es decir
que sean entendible e inequívocos; Relevantes, que provean información esencial sobre el
objetivo que se quiere medir; Económico, debiendo elegir aquellos que estén disponibles a un
costo razonable; Monitoreable, sujetándose a una comprobación independiente y Adecuado,
debiendo proveer suficientes bases para medir el indicador.
El H. Ayuntamiento del Municipio de Santa María Temaxcaltepec, Distrito de Juquila,
Oaxaca, no acreditó que el diseño de los Programas Presupuestarios “Gobierno Moderno”
y “Comunicaciones y Transportes”, cumplieran con los elementos cualitativos de la Matriz de
Indicadores para Resultados (MIR)
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Artículo 61 fracción II inciso b): “Además de la información prevista en las respectivas leyes en materia financiera, fiscal y presupuestaria
y la información señalada en los artículos 46 a 48 de esta Ley, la Federación, las entidades federativas, los municipios, y en su caso, las
demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluirán en sus respectivas leyes de ingresos y presupuestos de egresos u ordenamientos
equivalentes, apartados específicos con la información siguiente: II. Presupuestos de Egresos: b) El listado de programas así como sus
indicadores estratégicos y de gestión aprobados.”;
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Artículo 18 párrafo primero: “Las iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos de los Municipios se
deberán elaborar conforme a lo establecido en la legislación local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas
que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos, parámetros cuantificables e indicadores del desempeño;
deberán ser congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo y los programas derivados de los mismos; e incluirán cuando
menos objetivos anuales, estrategias y metas.”; y con lo señalado en los Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de
Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML), emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC),
que establecen las disposiciones para la homologación, estandarización y actualización de los indicadores de desempeño de los programas
operados por los entes públicos en cumplimiento a la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Cumplimiento de los objetivos y metas de los indicadores de desempeño contenidos en los
programas autorizados, mediante los indicadores reportados en la cuenta pública
De la revisión y análisis a los Programas Presupuestarios “Vivienda y Servicios Básicos”, “Gobierno
moderno” y “Comunicaciones y transportes”, se constató que los objetivos y metas presentados
en el Reporte de Programas Presupuestarios integrado en la Cuenta Pública 2022, reporta el
cumplimiento de metas de la siguiente manera:
a) Del programa “Vivienda y Servicios Básicos” el cumplimiento del 100% de las actividades
“Viviendas” y “Drenaje Pluvial”, en la unidad de medida ”proyecto”, la cual no es precisa para
identificar el producto final objeto del programa; y 0% de alcance de cumplimiento de metas de
las actividades “Agua potable y drenaje” y “energía eléctrica” en la unidad de medida “metros
lineales” y “postes”, respectivamente, esta última actividad debido a que no se realizaron
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