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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                         INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

         Artículo 95 fracción VII: “Son atribuciones del Tesorero Municipal: VIII.- Llevar con total transparencia la contabilidad, el control del
         presupuesto de egresos con enfoque a resultados y elaborar la cuenta pública general que debe presentar el Ayuntamiento al Congreso del
         Estado; acompañando los estados financieros mensuales y los documentos necesarios para comprobar la conformidad de los ingresos y
         gastos con las partidas de presupuesto, y la justificación de ellos.”;
         Artículo 127: “El Presupuesto de Egresos regulará el gasto público municipal y se formulará con base en los principios constitucionales de
         austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez así como los programas de actividades del Ayuntamiento,
         detallando las asignaciones presupuestarias a nivel de partidas y calendarización del gasto a más tardar el quince de diciembre del año
         que antecede al ejercicio fiscal. Tratándose del inicio del Gobierno Municipal, el Ayuntamiento entrante deberá ratificar o, en su caso realizar
         las modificaciones al Presupuesto de Egresos autorizado por el Ayuntamiento saliente, a más tardar el quince de febrero. El presupuesto
         de egresos deberá ser aprobado por mayoría calificada y deberá remitirse copia al Congreso del Estado a través del Órgano Superior de
         Fiscalización del Estado de Oaxaca para su conocimiento y fiscalización.”;
         Artículo 128 último párrafo: Las modificaciones que sufra el Presupuesto de Egresos en los conceptos generales a que se refiere este
         artículo, seguirán el mismo procedimiento que para su aprobación.”;
         Artículo 129: “El Presupuesto de Egresos y las modificaciones que sufra en su caso, serán publicados en el Periódico Oficial del Gobierno
         del Estado o en la Gaceta Municipal.”.

Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al
Ayuntamiento del Municipio de Santa María Temaxcaltepec, Distrito de Juquila, Oaxaca,
para que justificara o aclarara, conforme a las observaciones que se detallan en este resultado,
y presentara dentro del plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda aquella información
y documentación que demostrara cada una de las acciones realizadas tendientes a solventar la
observación determinada.

Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMB/0204/2023, notificado el día 28 de agosto de
2023, se dieron a conocer al Ayuntamiento del Municipio de Santa María Temaxcaltepec, Distrito
de Juquila, Oaxaca, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que, en un
plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

El Ayuntamiento del Municipio de Santa María Temaxcaltepec, Distrito de Juquila, Oaxaca, en
el proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número MSMT-272, de fecha 22 de
septiembre de 2023, presentó documentación, como consta en el acta circunstanciada de fecha
22 de septiembre del 2023; de este resultado en particular, presentó documentación en copias
certificadas, como se detalla a continuación:

PRESUPUESTO DE EGRESOS Y SUS PROGRAMAS

Respecto a que, la Entidad Fiscalizable aprobó su Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal
2022, por un importe de $15,076,878.88 (Quince millones setenta y seis mil ochocientos
setenta y ocho pesos 88/100 M.N.) para ejercer a través de seis Programas Presupuestarios, y
registró en la Cuenta Pública 2022 un presupuesto de egresos modificado de $36,721,583.47
(Treinta y seis millones setecientos veintiún mil quinientos ochenta y tres pesos 47/100
M.N.), para ejercer a través de seis programas presupuestarios, de lo que se observaron
inconsistencias, debido a que 3 de los programas presupuestarios, originalmente aprobados
en el presupuesto de egresos, no reportan registros presupuestales de importes aprobados,
ni modificados, ni prevalecen con registro al final del ejercicio en la cuenta pública; así mismo, se
observaron 3 programas presupuestarios que no fueron autorizados en el presupuesto de egresos
aprobado, no obstante, reportan importes autorizados en dicho documento; sin evidencia de que
se haya realizado la aprobación de la modificación de dichos programas, por lo que no demuestra
que en la elaboración del presupuesto de egresos se haya realizado una adecuada planeación
y programación, formulando un presupuesto de egresos basado en resultados. Presentó, actas
de sesión extraordinarias de cabildo de aprobación de las adecuaciones presupuestales del
presupuesto de egresos correspondientes al ejercicio fiscal 2022, del mes de febrero al mes
de diciembre 2022, con sus respectivos auxiliares contables y cédulas de modificaciones
presupuestales.

Una vez analizada la documentación e información presentada, se determina que el Ayuntamiento
del Municipio de Santa María Temaxcaltepec, Distrito de Juquila, Oaxaca, presentó
documentación, mediante la cual acredita las modificaciones al Presupuesto de Egresos para el
ejercicio fiscal 2022; por lo cual, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
determina, que atendió la observación.

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