Page 37 - Unión Hidalgo
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                        INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

Respecto a la observación relativa al inciso d), que no presentó los resguardos de bienes
que acrediten que dispone de mecanismos de control que aseguren el buen uso y adecuada
administración de los activos que integran el patrimonio del municipio, el H. Ayuntamiento del
Municipio de Unión Hidalgo, Distrito de Juchitán, Oaxaca, argumentó lo siguiente: a través del
MUH/PRESIDENCIA/0388/2023 de fecha 26 de septiembre de 2023, la autoridad dio atención a
la observación.

Una vez analizada la documentación, información y argumentación, la Auditoría Superior de
Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que atendió la observación.

Respecto a la observación relativa al inciso e), que hace mención a que al rubro 124 BIENES
MUEBLES, en donde se observó que la Entidad Fiscalizable efectuó el registro contable
correspondiente a las depreciaciones, detectando que realizó la baja de bienes muebles
específicamente de las sub cuentas: 12413- EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA
INFORMACION, el H. Ayuntamiento del Municipio de Unión Hidalgo, Distrito de Juchitán,
Oaxaca, argumentó lo siguiente: “e) es de señalar, que los equipos de cómputo y equipos y aparatos
audiovisuales dados de baja no se encontraban de manea física en el municipio ya que correspondían
a trienios pasados, por lo cual se tuvieron que dar de baja del patrimonio municipal…Asimismo, se
inició una investigación para verificar si los vehículos se encontraban de manera física, la cual arrojó
que varios de esos vehículos estaban en posesión de anteriores autoridades por lo que se inició su
recuperación. En ese sentido, los vehículos recuperados se mandaron al taller porque algunos no
servían, por ello, se registrarán en SIMCA nuevamente.”.
	
Una vez analizada la argumentación, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
determina que no atendió la observación.

En consecuencia, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que
subsiste la observación. Por lo que se emite:

Solicitud de Aclaración.
2022-OA/CPM/070/2023-SA-02
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de Unión Hidalgo, Distrito de Juchitán, Oaxaca,
presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que
justifique o aclare, lo relativo a la observación en cada uno de los puntos de este resultado que a
continuación se detallan:

CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE REGISTRO PATRIMONIAL
Con la finalidad de corroborar que la Entidad Fiscalizable registró contablemente en cuentas de
activo los bienes muebles e inmuebles atendiendo a sus características, clasificación y normativa
de registro, se analizó la documentación e información proporcionada por la Entidad Fiscalizable
específicamente, el Estado de Situación Financiera al 31 de diciembre del 2022, los inventarios de
bienes inmuebles y muebles al 31 de diciembre de 2022, la relación de bienes que componen el
patrimonio municipal muebles e inmuebles al 31 de diciembre de 2022 y los auxiliares contables del
respaldo del sistema de contabilidad, integrados en la Cuenta Pública Municipal del ejercicio fiscal
2022, obteniéndose los siguientes resultados:

  c)	De la revisión al contenido del inventario de bienes inmuebles al 31 de diciembre de 2022
      integrado en la Cuenta Pública Municipal, se identificó que incluye los bienes siguientes, y por
      el tipo de registro se aprecia que se trató de la construcción de infraestructura en bienes de
      dominio público que debió ser reconocida en gasto no capitalizable a su conclusión, como se
      detalla a continuación:

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