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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 contrató deuda pública u obligaciones de pago a corto plazo, mediante oficio número OSFE/
SFCPM/0109/2023, de fecha 30 de enero de 2023, entonces Órgano Superior de Fiscalización del
Estado, solicitó a la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado proporcionara información
relativa a la Deuda Pública contratada por el municipio de referencia durante el ejercicio fiscal
2022, solicitando se incluyeran en forma detallada los siguientes datos: 1) fecha de suscripción;
2) monto original contratado; 3) fecha de vencimiento, 4) saldo al 31 de diciembre 2022 y 5)
fondos federales afectados como garantía de pago. Dependencia que mediante oficio número SF/
SECyT/TES/0292/2023, de fecha 17 de febrero de 2023, informó que en el año 2022 no se tiene
registrada la contratación de financiamiento por parte del ente municipal auditado.
Para corroborar lo anterior, se consultó el Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones
de Entidades Federativas y Municipios vigente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y
el Registro Estatal de Financiamiento y Obligaciones de Oaxaca, de la Secretaría de Finanzas del
Poder Ejecutivo de Oaxaca, en las direcciones electrónicas oficiales siguientes; https://www.
disciplinafinanciera.hacienda.gob.mx/es/DISCIPLINA_FINANCIERA/Registro_Publico_Unico y
https://www.finanzasoaxaca.gob.mx/transparenciapresupuestaria/rendicion_cuentas.html#registro,
en cuyos registros se confirma que el ente auditado no contrató Deuda Pública u obligaciones de
pago durante el ejercicio 2022. En virtud de no haber contratado deuda pública y no haber contraído
obligaciones de pago durante el ejercicio 2022, el ente auditado no refleja información financiera
de los indicadores en el Sistema de Alertas a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), y
en consecuencia, no refleja información en el Registro Público Único de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público.
RESUMEN DE ACCIONES Y RECOMENDACIONES
Se determinaron 02 resultados, de los cuales se formuló 1 observación, misma que no fue atendida
por el Ayuntamiento del Municipio de San Andrés Ixtlahuaca, Distrito del Centro, Oaxaca, antes
de la integración del presente informe, generando 1 solicitud de aclaración.
Núm. Núm. de resultado Número de acción Acción emitida
1 AC-01 2022-OA/CPM/073/2023-SA-01 Solicitud de Aclaración
DICTAMEN
Concluidos los trabajos de Auditoría de Cumplimiento, y debido a que el Ayuntamiento del Municipio
de San Andrés Ixtlahuaca, Distrito del Centro, Oaxaca, no proporcionó la documentación e
información solicitada para el desarrollo de la auditoría, a fin de verificar la observancia de las reglas
de diciplina financiera, la contratación de financiamientos y otras obligaciones dentro de los límites
establecidos por el sistema de alertas, el cumplimiento de inscribir y publicar la totalidad de sus
financiamientos y otras obligaciones en el registro público único, así como el cumplimiento de las
disposiciones legales en los registros contables y presupuestales y, en la emisión de la información
financiera, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que no es
posible comprobar si cumplió con las disposiciones normativas aplicables para el correcto ejercicio
del gasto, conforme a los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez.
CONSIDERACIONES FINALES
Los resultados contenidos en el presente Informe Individual, en términos de los artículos 65 Bis
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 42 de la Ley de Fiscalización
Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, se notificarán al Ayuntamiento del
Municipio de San Andrés Ixtlahuaca, Distrito del Centro, Oaxaca, para que, en un plazo de 30
días hábiles, a partir de que surta efecto su notificación, presente la documentación e información, y
realice las consideraciones que estime pertinentes.
Por lo anterior, las acciones que se presentan en este Informe Individual de auditoría se encuentran
sujetas al proceso de seguimiento, por lo que, en razón de la documentación e información y
consideraciones que en su caso proporcione el Ayuntamiento del Municipio de San Andrés
Ixtlahuaca, Distrito del Centro, Oaxaca, se podrán ratificar, rectificar o solventar.
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