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actualizada en la Plataforma Nacional de Transparencia; y en relación a la página de internet oficial de la Entidad
Fiscalizable, se encuentre publicada como se detalla en el cuadro siguiente:

LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

ARTÍCULO                                                                               FRACCIÓN

Artículo 70                                              II. Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada

En la Ley Federal y de las Entidades Federativas se parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden

contemplará que los sujetos obligados pongan a a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los

disposición del público y mantengan actualizada, en sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables;

los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con III. Las facultades de cada Área;

sus facultades, atribuciones, funciones u objeto         IV. Las metas y objetivos de las Áreas de conformidad con sus programas
social, según corresponda, la información, por lo        operativos;
menos, de los temas, documentos y políticas que a        XVI. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen
continuación se señalan:                                 las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los

                                                         recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a

                                                         los sindicatos y ejerzan como recursos públicos;

                                                         XXIV. Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de

                                                         cada sujeto obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que

                                                         correspondan;

                                                         XXXIV. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad.

LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

ARTÍCULO                                                                               FRACCIÓN

Artículo 71

Además de lo señalado en el artículo anterior de la      Inciso. a) El Plan Nacional de Desarrollo, los planes estatales de desarrollo o el
presente Ley, los sujetos obligados de los Poderes       Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, según corresponda;
Ejecutivos Federal, de las Entidades Federativas y

Municipales, deberán poner a disposición del público     Inciso. b) El Presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los
y actualizar la siguiente información:                   recursos otorgados;

I.- En el caso del poder Ejecutivo Federal, los poderes  Inciso. g) Las disposiciones administrativas, directamente o a través de la
ejecutivos de las Entidades Federativas, el Órgano       autoridad competente, con el plazo de anticipación que prevean las
Ejecutivo del Distrito Federal y los Municipios:         disposiciones aplicables al sujeto obligado de que se trate, salvo que su difusión
                                                         pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con la disposición o se
                                                         trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones.

Informando a esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, las mejoras realizadas y acciones
emprendidas.

Lo anterior, debido a que incumplió con lo establecido en la Ley General de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, artículos 31 fracción IV, 62, 70 y 71 fracción I; Ley de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca, artículos 10 fracciones II y VIII, 15 párrafo
primero, 19 párrafo primero, 21 fracción VIII y 37; y Lineamientos Técnicos Generales para la Publicación,
Homologación y Estandarización de la Información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de
la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que a la letra dicen:

           Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

           Artículo 31. “El Sistema Nacional tiene como funciones:
           IV. Establecer los criterios para la publicación de los indicadores que permitan a los sujetos obligados rendir cuentas del
           cumplimiento de sus objetivos y resultados obtenidos”.

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