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Anexo único al oficio de aclaraciones con argumentos a las observaciones.
En relación con la página de internet oficial de la Entidad Fiscalizable.
Respecto al artículo 70 fracción I, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la
Entidad Fiscalizable presentó argumentos que a la letra dicen: “… se precisa que a la fecha ya se ha solventado
la observación”; por lo que se validó el funcionamiento del link al Reglamento de la secretaría de las
infraestructuras y el Ordenamiento Territorial Sustentable, https://drive.google.com/file/d/1ahELRo-
d9u0FMZuRGuviiFPsfs2Vji9b/view?usp=drive_link, y se comprobó la publicación del documento.
Respecto al artículo 70 fracción XXXIX, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la
Entidad Fiscalizable presentó argumentos que a la letra dicen: “… a la fecha ya ha actualizado y se encuentra
disponible en la página oficial de esta secretaría…”; por lo que se validó el funcionamiento de la descarga del
archivo de esta fracción, y se comprobó la publicación del documento.
Respecto al artículo 71 fracción I, Inciso c), de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
la Entidad Fiscalizable presentó argumentos que a la letra dicen: “… se verificó que fuera posible consultar la
información en la página oficial de esta Secretaría…”, por lo que se validó el funcionamiento de la descarga del
archivo de esta fracción, y se comprobó la publicación del documento.
Respecto al artículo 71 fracción I, Inciso e) de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
la Entidad Fiscalizable presentó argumentos que a la letra dicen: “… se verificó que fuera posible consultar la
información en la página oficial de esta Secretaría…”, por lo que se validó el funcionamiento de la descarga del
archivo de esta fracción, y se comprobó la publicación del documento.
Respecto a artículos 70 fracciones II, III, IV, XVI, XXIV y XXXIV; y 71 fracción I, Incisos a), b) y g), de la Ley General
de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Entidad Fiscalizable no presentó ningún tipo de
documentación, argumentos o información que atiendan a dichos puntos.
En relación con la Información en la Plataforma Nacional de Transparencia.
Respecto a la información de los artículos 70 fracciones I a la XLVIII y 71 fracción I incisos a), b), c), d), e), f) y g)
de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como de los artículos 21 fracción VIII
y 37 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca,
correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio fiscal 2022, la Entidad Fiscalizable no presentó ningún tipo de
documentación, argumentos o información que atiendan a dichos puntos.
De lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la
observación. Por lo que se emite:
Recomendación
2022-OA/CPE/04/2023-RE-02
Se le requiere a la Secretaría de Infraestructuras y Comunicaciones antes Secretaría de las Infraestructuras
y el Ordenamiento Territorial Sustentable, implemente mecanismos de control, supervisión y seguimiento, a
efecto de que la información relativa al cuarto trimestre del ejercicio fiscal 2022, se encuentre publicada y
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