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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
capacidad técnica, administrativa, operativa y elementos necesarios para el desarrollo de los
trabajos.
18. Se verificó que el Ente Fiscalizable, previo a la ejecución de la obra, acreditó haber
implementado los mecanismos de control, vigilancia y supervisión.
19. Se verificó que la obra pública contó con la documentación justificativa consistente en
estimaciones de obra y su respectiva documentación soporte; y en caso de modificaciones, se
encuentren debidamente justificadas y formalizadas mediante los convenios modificatorios.
20. Se verificó que el ente auditado presentó la documentación comprobatoria que ampara el pago
de las estimaciones de obra, en caso de obras contratadas, o el pago de materiales, mano
de obra, alquiler de equipo y maquinaria de construcción utilizados en la obra, en caso de
Administración Directa.
21. Se realizó verificaciones e inspecciones físicas de obra, y constatar que las obras cumplieron
con los plazos de ejecución, que están concluidas, operan adecuadamente y que se ejecutaron
conforme a la documentación comprobatoria y justificativa.
22. Se verificó que la terminación y entrega de los trabajos se realizaron conforme a la
normatividad aplicable de acuerdo a la modalidad de ejecución de la obra.
RESULTADOS DE AUDITORIA
RESULTADO: AF-01 CON OBSERVACIÓN
El ente fiscalizado presentó el Cuestionario de Control Interno (CCI), requisitado por el C. Norberto
López Vásquez, en su carácter de Presidente Municipal del H. Ayuntamiento del Municipio de
Santiago Suchilquitongo, Distrito de Etla, Oaxaca; una vez realizado el análisis de las respuestas
y de la documentación proporcionada en atención al requerimiento de información, obtuvo un
puntaje de 26 sobre 100, ubicándolo en un nivel bajo conforme a los valores de los 5 componentes
del Control Interno, acorde al Marco Integrado de Control Interno establecido por el Sistema
Nacional de Fiscalización, como se detalla a continuación:
EVALUACIÓN DE CONTROL INTERNO Tabla de valores para cada pregunta en función del componente
RANGOS DE CALIFICACIÓN NIVEL DEL VALOR OBTENIDO
SISTEMA DE DE LAS
PUNTAJE COMPONENTES MICI No. VALOR POR VALOR POR
OBTENIDO CONTROL PREGUNTAS COMPONENTE PREGUNTA PREGUNTAS POR
INTERNO COMPONENTE
DESDE HASTA NIVEL
0 39 C Ambiente de Control 14 20 1.4 6
Administración de Riesgos 23 20 0.9 4
40 69 B 26 BAJO Actividades de Control 22 20 0.9 6
Información y Comunicación 8 20 2.5 5
70 100 A Supervisión 10 20 2 5
TOTALES 77 100 26
Incumpliendo con lo establecido en las siguientes leyes:
Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción
Artículo 5 párrafos primero y segundo: “Son principios rectores que rigen el servicio público los siguientes: legalidad, objetividad,
profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, equidad, transparencia, economía, integridad y competencia
por mérito” y “Los Entes públicos están obligados a crear y mantener condiciones estructurales y normativas que permitan el adecuado
funcionamiento del Estado en su conjunto, y la actuación ética y responsable de cada servidor público”;
Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca
articulo 9 párrafo segundo: “Los servidores públicos de las entidades fiscalizables, así como cualquier persona física o moral, pública
o privada, fideicomiso, mandato o fondo, o cualquier otra figura jurídica, que reciban o ejerzan recursos públicos estatales o municipales,
que sean considerados como entidad fiscalizable en términos de la Constitución Local, de esta Ley y de cualquier otra disposición aplicable
que les otorgue ese carácter, deberán proporcionar la información y documentación que solicite la Auditoría Superior para efectos de sus
auditorías e investigaciones, de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes y sin perjuicio de la competencia de otras
autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero”.
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