Page 55 - 009 Comisión Estatal del Agua para el Bienestar
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en su caso reintegre el importe de $752,062.80 (setecientos cincuenta y dos mil sesenta y dos pesos
80/100), de la partida Materiales, Accesorios y Suministros de Laboratorio referente a que no presentaron
los contratos correspondientes, las solicitudes o requisiciones por parte del área requirente, cotizaciones,
entradas y salidas del almacén y entregables, asimismo, no exhibieron información en donde demuestren haber
aplicado el proceso de contratación.

Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículo 42, artículo 43,
artículo 67 párrafo primero; Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, artículo 28, artículo 28 fracción I,
artículo 28 fracción II, artículo 28 fracción III, artículo 28 fracción IV, artículo 28 fracción V, artículo 28 fracción
VI, artículo 28 fracción VII, artículo 45; Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de
Oaxaca, artículo 19, artículo 19 fracción I, artículo 19 fracción II, artículo 19 fracción III, artículo 19 fracción IV,
artículo 19 fracción V, artículo 19 fracción VI, artículo 19 fracción VII, artículo 20, artículo 21, artículo 21 fracción
I, artículo 21 fracción II, artículo 22, artículo 22 fracción I, artículo 22 fracción II, artículo 22 fracción III, artículo
23, artículo 23 fracción I, artículo 23 fracción II, artículo 23 fracción III, artículo 23 fracción IV, artículo 23 fracción
V, artículo 23 fracción VI, artículo 24; Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 4
párrafo tercero, artículo 4 cuarto, Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria,
artículo 186 párrafo primero, artículo 186 párrafo segundo, artículo 186 párrafo tercero, artículo 186 párrafo
cuarto, artículo 190 párrafo primero, Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el ejercicio fiscal
2022, artículo 98, que a la letra dicen:

           Ley General de Contabilidad Gubernamental.

           artículo 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación
           original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”.

           artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los
           documentos, comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos
           que para tal efecto establezca el consejo.”.

           artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y
           comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y
           devengado, en términos de las disposiciones que emita el consejo.”.

           Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles
           del Estado de Oaxaca.

           artículo 28: “El Comité y los Sub-Comités, bajo su responsabilidad, llevarán a cabo los procedimientos para la contratación de
           adquisiciones, arrendamientos y servicios, de acuerdo con los rangos que prevea el Presupuesto de Egresos del Estado y bajo
           las siguientes modalidades:”.
           artículo 28 fracción I: “Compra directa menor”.
           artículo 28 fracción II: “Adjudicación directa”.
           artículo 28 fracción III. “Invitación restringida”.
           artículo 28 fracción IV: “Invitación abierta estatal”.
           artículo 28 fracción V: “Licitación pública estatal”.
           artículo 28 fracción VI: “Licitación pública nacional”.
           artículo 28 fracción VII: “Licitación pública internacional”. Los montos de los rangos para cada modalidad serán determinados
           en el Presupuesto de Egresos del Estado. Las Dependencias y Entidades, por conducto de sus áreas administrativas o

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