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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
AALBA0222 Asignación para Inversión, por un importe de $14,959,999.55 (Catorce millones
novecientos cincuenta y nueve mil novecientos noventa y nueve pesos 55/100 M.N.), autorizada mediante
oficio SF/SPIP/DPIP/API22/0295/2022 de fecha 18 de abril de 2022, ejecutada bajo la modalidad de
Invitación a Cuando Menos Tres Personas número IA3P-014-2022, con contrato número
IEEPO/IA3P014/SC/043/2022 de fecha 29 de abril de 2022, celebrado con “Servicios Logísticos Benny S.A.
de C.V.”, por la contratación del “Servicio de Capacitación dirigida a docentes de educación básica del nivel
secundaria en la modalidad telesecundaria, en huertos para coadyuvar a la producción de alimentos en
las comunidades, la mejora de la nutrición y promoción de la agricultura sostenible en la Región Cañada
del Estado de Oaxaca; se observó lo siguiente:
1.- No presenta los entregables que hace mención en el contrato IEEPO/IA3P014/SC/043/2022 de fecha 29 de
abril de 2022 en la Cláusula Tercera y Novena, como son:
• Primer entregable: la elaboración de un plan de trabajo, diagnostico, diseño de fichas técnicas, creación
del contenido.
• Segundo entregable: la distribución de paquetes e impartición de capacitaciones y el informe final.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42 párrafo primero, 43 y 67 párrafo primero de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental; 116, 186 párrafos primero, segundo y tercero, y 199 párrafo primero del
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; Punto [3.2.Etapa 1 (incisos A)
Elaboración de un plan de trabajo, B) Diagnostico y C) Diseño de fichas técnicas)], [3.3 Etapa 2 (inciso E)
Distribución de paquetes e impartición de capacitaciones (subinciso a)impartición de las capacitaciones y
resolución de dudas) e inciso (F) Informe final)] de las Especificaciones Técnicas de la contratación de fecha 13
de abril de 2022; cláusulas (PRIMERA.- OBJETO.-), (SEGUNDA.-MONTO.-), (TERCERA.- FORMA DE PAGO.-) y
(NOVENA.- OBLIGACIÓN DE “EL PROVEEDOR”.-) del Contrato IEEPO/IA3P014/SC/043/2022 de fecha 29 de
abril de 2022 que a la letra dicen:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
“Artículo 42.- La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación
original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.
…”
“Artículo 43.- Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los
documentos, comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los
lineamientos que para tal efecto establezca el consejo”.
“Artículo 67.- Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y
comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y
devengado, en términos de las disposiciones que emita el consejo.
…
…”
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
“Artículo 186.- El ejercicio del gasto público deberá soportarse con la documentación original comprobatoria y justificativa.
Los documentos justificativos son todos aquellos documentos legales y administrativos que determinan y demuestran
fehacientemente que el Ejecutor del gasto cumplió con las disposiciones legales aplicables, así como las relativas al gasto.
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