Page 25 - 014 Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca
P. 25

AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                         INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022

      6. No presentó evidencia de la publicación de la Invitación a cuando menos tres personas en su página de
            internet.

      7. No presentó la documentación complementaria de los proveedores participantes, descrita en las bases
            de la invitación a cuando menos tres personas, como lo establece el numeral 3.4.2.1. Proposiciones
            Técnicas del procedimiento IA3P-024C-2022, como se detalla en el Anexo DAE-AF-01

Incumpliendo con lo establecido en los artículos 38 fracción I, 42 párrafo primero y 43 de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental; 4 tercer párrafo de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;
186 del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 26 sexto párrafo y 43
fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 28 del Reglamento de la
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; Punto (4. Entregables) y (3.2. ETAPA: 2)
de las Especificaciones Técnicas de la Contratación de fecha 27 de junio de 2022; numeral (3.4.2.1.
Proposiciones técnicas) y (documentación complementaria) de las Bases de la invitación a cuando menos tres
personas número IA3P-024C-2022; [Declaraciones (I.7, II.1, II.2 y II.6)], Cláusula (PRIMERA.- OBJETO.-) y
(NOVENA.- OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”) del Contrato número IEEPO/IA3P024C/062/2022 de fecha
21 de julio de 2022; Cláusulas [Primera.- Del objeto.- (párrafos: primero, segundo, tercero, cuarto, quinto y
séptimo) y (Tercera.- Forma de pago.-) del Convenio al Contrato de fecha 06 de septiembre de 2022; que a la
letra dicen:

           Ley General de Contabilidad Gubernamental

           “Artículo 38.- El registro de las etapas del presupuesto de los entes públicos se efectuará en las cuentas contables que,
           para tal efecto, establezca el consejo, las cuales deberán reflejar:
           I.- En lo relativo al gasto, el aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado; y
           II.- …”

           “Artículo 42. - “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberán respaldarse con la
           documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.
           …”

           “Artículo 43. - Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los
           documentos, comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los
           lineamientos que para tal efecto establezca el consejo”.

           Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

           “Artículo 4. - El ejercicio del presupuesto, resguardo y custodia de la documentación justificativa y comprobatoria es
           responsabilidad de los Ejecutores de gasto.
           …
           …”

           Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

           “Artículo 186. - El ejercicio del gasto público deberá soportarse con la documentación original comprobatoria y justificativa.

           Los documentos justificativos son todos aquellos documentos legales y administrativos que determinan y demuestran
           fehacientemente que el Ejecutor del gasto cumplió con las disposiciones legales aplicables, así como las relativas al gasto.

           Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban con instancias
           federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos,

                                                                                                                                                                            2233
   20   21   22   23   24   25   26   27   28   29   30