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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  NOMBRES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA                                           OBJETIVO
                            Mediante oficios número ASFE/OT/2093/2024, ASFE/OT/2395/2024 y ASFE/OT/2601/2024 de
                            fecha 05 y 25 de julio y 06 de agosto respectivamente todos del 2024, la Titular de la Auditoría              La fiscalización de la información de Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana,
                            Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, comisionó a los siguientes servidores                         contenida en la Cuenta Pública del Estado correspondiente al ejercicio fiscal comprendido
                            públicos:                                                                                                     del 01 de enero al 31 de diciembre de 2023, tiene como objeto dar cumplimiento al artículo 19
                                                                                                                                          de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca.
                            C. Monserrat Coral Rojas Cortés: Directora de Auditoría Estatal “B”.
                            C. Armando Ávila Cruz: Jefe de departamento de Auditoría Financiera y de Cumplimiento.                        I. Evaluar los resultados de la Gestión Financiera respecto de:
                            C. José Daniel Canseco Gutiérrez: Jefe de departamento Auditoría de Verificación e
                            Inspección Física.                                                                                            a) La ejecución de la Ley de Ingresos, para verificar la forma y términos en que los ingresos
                            C. Selene García Bolaños: Jefa de departamento de Auditoría al Desempeño.                                     fueron recaudados, obtenidos, captados y administrados; constatar que los recursos
                            C. Rubén Francisco Castillo Peláez: Auditor.                                                                  provenientes de financiamientos, empréstitos y otras obligaciones se contrataron,
                            C. Jesús Antonio Gama García: Auditor.                                                                        recibieron y aplicaron de conformidad con lo aprobado;
                            C. Patricia Hernández López: Auditor.
                            C. Bella Marisol Tapia Ramírez: Auditor.                                                                      b) El ejercicio del Presupuesto de Egresos para revisar que los egresos se ejercieron en los
                            C. Miguel Pérez Ramos: Auditor.                                                                               conceptos y partidas autorizadas; incluidos, entre otros aspectos, la ejecución de los
                            C. Janet García Zurita: Auditor.                                                                              Programas, la contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos,
                            C. Cinthia Yaneli Olmedo Cruz: Auditor.                                                                       subsidios, aportaciones, donativos, transferencias, aportaciones a fondos, fideicomisos y
                                                                                                                                          demás instrumentos financieros, así como cualquier esquema o instrumento de pago a
                            CRITERIOS DE SELECCIÓN                                                                                        largo plazo;

                            En cumplimiento al mandato constitucional de realizar la función de revisión y fiscalización a                c) El cumplimiento a las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto
                            las Cuentas Públicas del ejercicio fiscal 2023, esta Auditoría Superior de Fiscalización del                  público y del sistema de registro y contabilidad gubernamental, respecto de la contratación
                            Estado de Oaxaca, consideró los tipos de auditoría previstos en la Norma Profesional del                      de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, destino,
                            Sistema Nacional de Fiscalización número 1 y determinó aplicar al ente fiscalizable en                        afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles; así como de recursos
                            mención, el siguiente tipo de auditoría:                                                                      materiales, almacenes y demás activos; y,

                            Auditoría Financiera*: Son evaluaciones independientes, reflejadas en una opinión con                         d) La legalidad en la captación, recaudación, administración, custodia, manejo, ejercicio y
                            garantías razonables, de que la situación financiera presentada por un ente, así como los                     aplicación de recursos públicos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos; y que los
                            resultados y la utilización de los recursos, se presentan fielmente de acuerdo con el marco                   actos, contratos, convenios, mandatos, fondos, fideicomisos, prestación de servicios
                            de información financiera.                                                                                    públicos, operaciones o cualquier acto que las Entidades Fiscalizables, celebren o realicen,
                                                                                                                                          relacionados con el ejercicio del gasto público no han causado daños o perjuicios, o ambos,
                            Auditoría de Cumplimiento*: Determina en qué medida el ente fiscalizado ha observado las                      en contra de la Hacienda Pública Estatal y/o Municipal o, en su caso, del patrimonio de las
                            leyes, los reglamentos, las políticas, los códigos establecidos y otras disposiciones                         Entidades Fiscalizables.
                            contractuales, y puede abarcar gran variedad de materias sujetas a fiscalización.
                                                                                                                                          II. Evaluar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas debiendo:
                            Auditoría de Desempeño*: Son el examen de la economía, eficiencia y eficacia de la
                            administración pública y los programas gubernamentales; cubren no solamente                                   a) Verificar la eficiencia y eficacia del cumplimiento de sus objetivos;
                            operaciones financieras específicas, sino además todo tipo de actividad gubernamental.

                            *Fuente: Definición con base en las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización.

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