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ENTIDAD FISCALIZABLE: Instituto del Patrimonio Cultural del Estado de Oaxaca. INFORME FINAL DE AUDITORÍA
ORDEN DE AUDITORÍA: OA/CPE/13/2024.
TIPO DE AUDITORÍA: Financiera, de Cumplimiento y Sobre el Desempeño.
CUENTA PÚBLICA: Ejercicio Fiscal 2023.
ANTECEDENTES siguiente a que haya surtido efectos la notificación de la Orden de Auditoria, entregara de
manera personal, en las oficinas que ocupa el Instituto del Patrimonio Cultural del Estado
Mediante Acuerdo de fecha 15 de febrero de 2024, la L.C.P. Sarahí Noriega Ricárdez, Titular de de Oaxaca, la documentación e información comprobatoria y justificativa correspondiente
la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, aprobó el “Programa Anual de al periodo comprendido del 01 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023, como consta y
Auditorías 2024 de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, para la se describe en la Auditoria Financiera, de Cumplimiento y Sobre el Desempeño número
Fiscalización de las Cuentas Públicas Estatal y Municipales del Ejercicio Fiscal 2023”, en el cual OA/CPE/13/2024.
se contempló al Instituto del Patrimonio Cultural del Estado de Oaxaca.
Mediante oficio número INPAC/DG/UA/307/2024 de fecha 07 de agosto de 2024, recibido en
Derivado de lo anterior, se ordenó la Auditoria Financiera, de Cumplimiento y Sobre el esa misma fecha en la oficialía de partes de esta Auditoria Superior de Fiscalización del
Desempeño número OA/CPE/13/2024 de fecha 05 de julio de 2024, para la fiscalización de la Estado de Oaxaca, dentro del plazo legalmente concedido en la Orden de Auditoria, signado
Cuenta Pública Estatal al Instituto del Patrimonio Cultural del Estado de Oaxaca, por el C.P. Edgar Urbina Chávez, Jefe de la Unidad Administrativa y enlace designado del
correspondiente al ejercicio fiscal 2023. Instituto del Patrimonio Cultural del Estado de Oaxaca, presentó información y
documentación misma que se describió y recepcionó mediante el Acta Circunstanciada
El día 22 de julio de 2024 se notificó citatorio al ciudadano José Alberto Reyes Arredondo, Jefe levantada el mismo día 07 de agosto de 2024.
de la Unidad Jurídica del Instituto del Patrimonio Cultural del Estado de Oaxaca, a efecto que
le comunicara al Mtro. Fernando Molina Herbert, Director General del Instituto del Patrimonio Derivado de la revisión y fiscalización realizada a la documentación presentada por la
Cultural del Estado de Oaxaca, se sirviera esperar el día 23 de julio del año en curso, al Entidad Fiscalizable, con fundamento en los artículos 31, 32 y 33 de la Ley de Fiscalización
personal de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con la finalidad de Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, se emitió el Informe Preliminar de
realizar la notificación de la orden de auditoría OA/CPE/13/2024. Auditoria, mismo que fue entregado y notificado legalmente el día 07 de octubre de 2024 al
Mtro. Fernando Molina Herbert, Director General del Instituto del Patrimonio Cultural del
La referida orden de auditoria con fundamento en los artículos 46 fracción I inciso a) y 47 Estado de Oaxaca, como consta en el acta de notificación correspondiente.
párrafo tercero de la Ley de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado de
Oaxaca, de aplicación supletoria como lo dispone el artículo 9 de la Ley de Fiscalización Mediante el Informe Preliminar de Auditoría, se le concedió a la Entidad Fiscalizable, un plazo
Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, fue notificada legalmente el día 23 de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a que haya surtido efectos la
de julio de 2024, al Mtro. Fernando Molina Herbert, Director General del Instituto del Patrimonio notificación del Informe Preliminar, para que presentara ante esta Auditoria Superior de
Cultural del Estado de Oaxaca, por conducto del ciudadano José Alberto Reyes Arredondo, Fiscalización del Estado de Oaxaca la documentación, justificación e información para
Jefe de la Unidad Jurídica del Instituto del Patrimonio Cultural del Estado de Oaxaca, cuyo atender las observaciones detalladas, las acciones emitidas a la Entidad Fiscalizable en el
original se dejó en su poder, como consta en el acta circunstanciada de notificación que Informe mencionado.
para tal efecto se levantó.
Una vez vencido el plazo otorgado y estando dentro del plazo legalmente concedido, mediante
Mediante requerimiento de información contenido en la Orden de Auditoria, se le solicitó a la oficio número INPAC/DG/903/2024 de fecha 29 de octubre de 2024, recibido en esa misma
Entidad Fiscalizable, para que en un plazo de diez días hábiles contados a partir del día fecha en la oficialía de partes de esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
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