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Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/492/2023, notificado el 09 de octubre de 2023, se dieron a

conocer a la Entidad Fiscalizable los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa

Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones

correspondientes.



El Municipio de Santa María Chilchotla, Distrito de Teotitlán, Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y

justificaciones, mediante oficio número MSMC/S/N-2023 de fecha 30 de octubre de 2023, presentó

documentación en copias certificadas como consta en el acta circunstanciada de recepción de fecha 30 de

octubre de 2023, sin embargo, para este resultado en particular, no relaciona ninguna documentación; por lo

anterior, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación.

Por lo que se emite:



Solicitud de Aclaración

2022-OA/CPM/016/2023-SA-04



Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de Santa María Chilchotla, Distrito de Teotitlán, Oaxaca,

Oaxaca, presente ante esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que

compruebe, justifique o aclare lo relativo a que el Programa Anual de Obras y Acciones 2022 del Municipio de

Santa María Chilchotla, Distrito de Teotitlán, Oaxaca, publicado el día veintidós de octubre de dos mil veintidós,

incumple con la regla de elaborar los programas de obras dentro de los primeros noventa días de su ejercicio

anual, igualmente se verifique que dicho documento muestre el responsable de las obras, su periodo de ejecución

y la modalidad de ejecución por obra.



Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos

Municipales, Artículos 48 fracción I incisos b), e) y f) y 49, que a la letra dice:



            Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos Municipales.



           Artículo 48 fracción I incisos b), e) y f): “Los programas anuales de la administración pública municipal y los programas

           especiales de los organismos descentralizados de carácter municipal, serán los documentos básicos para la ejecución de obras,

           la prestación de los servicios públicos a cargo del Ayuntamiento y deberán contener como mínimo los siguientes requisitos:

           I.- De la obra pública:

           b).- El responsable de las obras;

           e).- Su período de ejecución; y

           f).- La modalidad de ejecución por obra;”;

           Artículo 49: “El Ayuntamiento, dentro de los primeros noventa días de su ejercicio anual, deberá elaborar sus programas de

           obras y servicios, tomando en consideración la participación y consulta popular que se hubieran hecho al Consejo de Desarrollo

           Social Municipal. Estos programas deberán ser aprobados por mayoría calificada, y publicados en el Periódico Oficial del

           Gobierno del Estado, en la Gaceta Municipal o revistas especializadas en temas municipales, y serán enviados al Congreso del

           Estado para su conocimiento.”



RESULTADO: AF-30  SIN OBSERVACIÓN



De la revisión efectuada a la documentación proporcionada, el ente auditado presentó la publicación en el

Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca del “Listado del Padrón de contratistas del ejercicio fiscal

2022, Municipio de Santa María Chilchotla, Distrito de Teotitlán, Oaxaca”, y como resultado de la consulta

realizada al sitio web oficial del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, en la dirección electrónica

http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se constató que el Padrón de contratistas del Municipio de Santa

María Chilchotla, Distrito de Teotitlán, Oaxaca, del Ejercicio Fiscal 2022, fue publicado el día veintidós de octubre



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