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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
Artículo 26 A. - “La Secretaría y los Ayuntamientos llevarán, cada uno de ellos un Padrón de Contratistas de Obra Pública, lo mantendrán
permanentemente actualizado, y clasificarán a los contratistas registrados en el mismo, de acuerdo a su capacidad técnica, económica,
objeto social o giro de negocios que desarrolle. Este padrón será publicado en el Periódico Oficial del Estado. El registro o renovación en
el Padrón será obligatorio, por lo que sólo se podrán celebrar contratos con los contratistas que acrediten estar debidamente inscritos en el
Padrón, y tendrán el costo que señalen las leyes de ingresos Estatal y Municipales del ejercicio fiscal que corresponda, con vigencia para un
ejercicio fiscal. Los Contratistas, para renovar su registro, deberán de presentar su solicitud dentro de los quince días hábiles anteriores a su
vencimiento, si omiten presentar la solicitud en el plazo indicado tendrá como consecuencia la suspensión del registro solicitado.”
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
Ayuntamiento del Municipio de Magdalena Apasco, Distrito de Etla, Oaxaca, comprobar,
justificar o aclarar la observación que se detalla en este resultado y presentara toda la información
y documentación que demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar las observaciones
determinadas.
El Municipio de Magdalena Apasco, Distrito de Etla, Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y
justificaciones, mediante oficio número MMA/001789/2023 de fecha 29 de agosto de 2023,
suscrito por el C. Virgilio Pérez Santiago, Presidente Municipal, dirigido al Director de Auditoría
Municipal A, como consta en el acta circunstanciada de fecha 30 de agosto de 2023, en el cual
manifiesta lo siguiente:
“Que mediante oficio número PM/MA/074/2023 de fecha 17 de agosto de 2023, fue notificado el
expresidente municipal Jesús Santiago Santiago del periodo 2020-2022, con fecha 18 de agosto
de 2023, los resultados finales y observaciones preliminares de esta auditoría financiera del ejercicio
2022, y se le emplazó, para que presentara las aclaraciones y justificaciones necesarias para solventar
las observaciones realizadas por esta autoridad, sin que a la fecha, haya proporcionado o exhibido
documentación o información alguna, motivo por el cual no se anexa información.”
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que
subsiste la observación. Por lo que se emite:
Solicitud de Aclaración.
2022-OA/CPM/001/2023-SA-03
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de Magdalena Apasco, Distrito de Etla, Oaxaca,
presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación
que compruebe, justifique o aclare lo relativo a el documento denominado “Padrón de contratistas
de obra pública del ejercicio 2022”, y como resultado de la consulta realizada al sitio web oficial
del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, en la dirección electrónica http://www.
periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se constate que el Padrón de contratistas del H. Ayuntamiento del
municipio de Magdalena Apasco, Distrito de Etla, Oaxaca, del Ejercicio Fiscal 2022, fue publicado,
y demuestre que los contratistas con los cuales se contrataron las obras públicas estuvieron
debidamente inscritos en el padrón.
Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del
Estado de Oaxaca, artículo 26 A, que a la letra dice:
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
Artículo 26 A. - “La Secretaría y los Ayuntamientos llevarán, cada uno de ellos un Padrón de Contratistas de Obra Pública, lo mantendrán
permanentemente actualizado, y clasificarán a los contratistas registrados en el mismo, de acuerdo a su capacidad técnica, económica,
objeto social o giro de negocios que desarrolle. Este padrón será publicado en el Periódico Oficial del Estado. El registro o renovación en
el Padrón será obligatorio, por lo que sólo se podrán celebrar contratos con los contratistas que acrediten estar debidamente inscritos en el
Padrón, y tendrán el costo que señalen las leyes de ingresos Estatal y Municipales del ejercicio fiscal que corresponda, con vigencia para un
ejercicio fiscal. Los Contratistas, para renovar su registro, deberán de presentar su solicitud dentro de los quince días hábiles anteriores a su
vencimiento, si omiten presentar la solicitud en el plazo indicado tendrá como consecuencia la suspensión del registro solicitado.”
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