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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA



INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022                                  COMPROBANTE                                     IMPORTE     OBSERVACIONES

                                                                                     PROVEEDOR                                  OBSERVADO

                                                  FECHA       NÚM.                                 IMPORTE       CONCEPTO



                                                  25/09/2022  0BE9708F-94A1-   CONSTRUCCIONES      13,000.17  24 PIEZAS LAMINA                   NO PRESENTA DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA

                                                                  4113-8049-       Y MATERIALES               GALVANIZADA                        RELATIVA A:



                                                              9D92DCC8DC86     PETREOS STANFOR,                                 13,000.00 * LA SOLICITUD DE LA NECESIDAD.

                                                                                     S.A. DE C.V.                                                * CONSTANCIA DE RECEPCIÓN.



                                                                                                                                                 *NO SE REGISTRA AL MOMENTO DE SU REALIZACIÓN.



                                                                                                                                                 NO PRESENTA DOCUMENTACIÓN      JUSTIFICATIVA

                                                                                                                                                 RELATIVA A:

                                                  31/12/2022      37608B2A-       CARLOS RAMIREZ   16,962.00  1 ARMAZON    DE

                                                              27FF-41F1-AF0C-             LOPEZ               ENREJADO          16,962.00 * LA SOLICITUD DE LA NECESIDAD.

                                                              674380B25DEC                                                                       * CONSTANCIA DE RECEPCIÓN.



                                                                                                                                                 *AUTORIZACION CORRESPONDIENTE



                                                                                                   $29,962.17                   $29,962.00  



                                                  Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:



                                                           Ley General de Contabilidad Gubernamental



                                                           Artículo 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la

                                                           documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”,

                                                           Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,

                                                           comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto

                                                           establezca el consejo.”,

                                                           Artículo 67 párrafos primero y segundo: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos

                                                           y comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en

                                                           términos de las disposiciones que emita el consejo. Los entes públicos implementarán programas para que los pagos se hagan directamente

                                                           en forma electrónica, mediante abono en cuenta de los beneficiarios, salvo en las localidades donde no haya disponibilidad de servicios

                                                           bancarios”,

                                                           Artículo 70 fracción I y II: I. Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados

                                                           y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los

                                                           órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten. II. Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con la leyenda

                                                           “Operado” o como se establezca en las disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones, programa o

                                                           convenio respectivo”.



                                                           Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria



                                                           Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban

                                                           con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos,

                                                           solicitudes, requisiciones...”.



                                                  Por lo anterior, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.

                                                  Ayuntamiento del Municipio de San Antonio Huitepec, Distrito de Zaachila, Oaxaca, comprobar,

                                                  justificar o aclarar la cantidad de $29,962.00 (Veintinueve mil novecientes sesenta y dos pesos

                                                  00/100 M.N.), conforme a las observaciones que se detallan en este Resultado y presentara dentro del

                                                  plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de

                                                  Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las acciones

                                                  realizadas tendientes a solventar la observación determinada.



                                                  Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/383/2023, se notificó el día 18 de septiembre de

                                                  2023, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa entidad fiscalizable



                                                  en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.



                                                  El Municipio de San Antonio Huitepec, Distrito de Zaachila, Oaxaca, en el proceso de

                                                  aclaraciones y justificaciones, mediante oficio sin número de fecha 8 de octubre de 2023, suscrito

                                                  por el C. Juan Bautista Santiago Luis, Presidente Municipal, dirigido al Director de Auditoría

                                                  Municipal A, como consta en el acta circunstanciada de fecha nueve de octubre de 2023, presentó

                                                  la siguiente información:



                                                  Respecto a la sub-subcuenta 51241-2472 PRODUCTOS METÁLICOS DE ACABADO, el

                                                  municipio presentó documentación que ya fue analizada en la revisión para los resultados finales y

                                                  observaciones preliminares relativa a: Actas de acuerdos, Copia de cheque, Reportes fotográficos

                                                  y Comprobantes digitales por internet, documentación presentada en la etapa anterior, como se

                                                  detalla en el ANEXO DAM-FC-SEG-13.



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